DECRETO 4302/74

 

Jubilaciones y pensiones - Personal Policial - Coeficientes de actualización de los haberes.

 

LA PLATA,  2 de AGOSTO de 1974.

 

ARTÍCULO 1.-  Fíjanse, para las jubilaciones y pensiones de los afiliados comprendidos en los términos de la Ley 7977, los siguientes coeficientes de actualización:

 

Del 1/3/73 al 30/6/73: Oficiales del Escalafón de Seguridad: 1,4195; Oficiales del Escalafón de Servicios Especiales: 1,3875; Escalafón de Suboficiales y Tropa de Seguridad: 1,5110; Escalafón de Suboficiales y Tropa de Servicios Especiales: 1,4844.

 

Del 1/7/73 al 30/9/73: Oficiales del Escalafón de Seguridad: 1,0608; Oficiales del Escalafón de Servicios Especiales: 1,0684; Escalafón de Suboficiales y Tropa de Seguridad: 1,0986; Escalafón de Suboficiales y Tropa de Servicios Especiales: 1,1203.

 

Del 1/l0/73: Oficiales del Escalafón de Seguridad: 1,2723; Oficiales del Escalafón de Servicios Especiales: 1,2560; Escalafón de Suboficiales y Tropa de Seguridad: 1,2342; Escalafón de Suboficiales y Tropa de Servicios Especiales: 1,1993.

 

ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Bienestar Social.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese, etc.