Fundamentos de la Ley 13668

 

Este proyecto de ley tiene como objetivo prorrogar por el lapso de 180 días, con motivo del vencimiento de la anterior prórroga, la suspensión de los juicios promovidos para el cobro de las deudas derivadas de la realización de obras de infraestructura urbana, cuya adjudicación corresponde a empresas privadas por la aplicación de la Ordenanza General número 165.

Esta petición está motivada por la preocupación de los vecinos afectados, intimados por empresas que han iniciado acciones judiciales, y la necesidad de dar una respuesta a raíz de la grave situación económica en que se encuentran los demandados y que puede derivar en la privación de sus viviendas.

La continuidad de las condiciones estructurales que motivaron oportunamente la realización de dictado de la Ley 12.531 y sus modificaciones, nos llevan a solicitar a los señores diputados se sirvan acompañar el presente con su voto afirmativo.

 

FUNDAMENTOS Expediente D-737/06-07

El artículo 1 de la Ley 13.379 establece una prórroga hasta el 30 de abril de 2006 de la Ley 12.531 y sus modificatorias, Leyes 12.720, 12.846, 12.946, 13.116 y 13.192, suspendiéndose los trámites de juicios a partir de la sentencia de trance y remate, o la ejecución de sentencia, derivados de la realización de obras municipales de infraestructura urbana, en especial de gas, agua corriente, desagües cloacales y pavimentos, adjudicadas a empresas particulares por aplicación de la ordenanza general 165 y sus modificatorias".

El Proyecto de ley que hoy venimos a presentar, tiene como objetivo prorrogar por el lapso de un año, con motivo del vencimiento de la anterior prórroga, la suspensión de los juicios promovidos para el cobro de las deudas derivadas de la realización de obras de infraestructura urbana, cuya adjudicación corresponde a empresas privadas por la aplicación de la Ordenanza General número 165.

Esta petición está motivada por la necesidad de dar respuesta a la grave situación económica en que se encuentran los vecinos demandados y que puede derivar en la privación de sus viviendas, cobro de intereses y mora por parte de las empresas acreedoras.

La continuidad de las condiciones estructurales que motivaron oportunamente la realización de dictado de la Ley 12.531 y sus modificaciones, nos llevan a solicitar a los señores Diputados se sirvan acompañar el presente con su voto afirmativo.