Fundamentos de la

Ley 13973

 

Honorable Legislatura:

            Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual la Provincia de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional № 26.141 de régimen para la recuperación, fomento y desarrollo de la actividad caprina de acuerdo a lo establecido en su artículo 20.

            La finalidad de la citada norma nacional es la adecuación y modernización de los sistemas productivos en un marco sostenible en el tiempo, el que mediante la incorporación de tecnologías apropiadas aumente la eficiencia y favorezca la conservación de los recursos nacionales, permitiendo el aumento del trabajo y la radicación en zonas rurales.

            De ese modo se pretende lograr una producción caprina sustentable con vista al autoconsumo y comercialización nacional e internacional, de dichos animales en todas sus formas, favoreciendo el desarrollo de economías regionales.

            Así se configura una estructura organizativa (Comisión Asesora Técnica) en la cual participan las provincias que adhieran expresamente al régimen de fomento, estando presidido por un coordinador nacional. Dicha comisión tendrá funciones consultivas.

            La Provincia de Buenos Aires se encuentra inmersa en una realidad socio económica y cultural determinada por sus particulares características geomorfológicas y su gran concentración humana en los grandes centros urbanos. Asimismo no puede estar ausente en los planes integrales de recuperación y modernización de la producción ya sea en tecnología o cuantitativamente en cabezas de ganado.

            Por ello se pretende la adhesión a la Ley Nacional № 26.141, a los efectos de conformar la Comisión Asesora Técnica e integrar a la Provincia de Buenos Aires al régimen para la recuperación, fomento y desarrollo de la actividad caprina.

            A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de este Honorable Cuerpo, la pronta sanción del proyecto adjunto.