DECRETO 333
Visto:
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario avanzar en el plan estratégico que sustenta acciones integrales que generan transformaciones estructurales en el marco de la política para la modernización del Poder Ejecutivo Provincial y para cada organismo en particular;
Que
Que por Nota del 18 de febrero de 2004, Telefónica de Argentina cumplimenta su obligación de implementar el servicio de tres dígitos según pautas para la asignación de números para servicios especiales (punto IV 4.1. del Plan Fundamental de Numeración Nacional, Resolución 46/97);
Que la implementación del Servicio Especial de discado abreviado para la recepción y orientación de emergencias, como consecuencia de violaciones a los derechos humanos sufridas por la población, evita la dispersión y superposición de recursos humanos, técnicos y/o económicos,
Que la finalidad del sistema a implementarse es facilitar a los individuos la rápida memorización e identificación del número telefónico que presta el servicio, garantizándoles la debida orientación y derivación al ámbito adecuado de resolución;
Que
Que
Que el suscripto es
competente para el dictado del presente Decreto virtud del artículo 144 -
Proemio de
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DE
DECRETA:
Artículo 1º.- Créase en el
ámbito de
Artículo 2º.- El
“Servicio” creado por el artículo precedente, será identificado, en todo el
ámbito de
Artículo 3º.- El
“Servicio” confeccionará un registro de las llamadas receptadas e identificadas
electrónicamente, a fin de elaborar estadísticas que permitan desarrollar
políticas de prevención de violaciones a los derechos humanos.
Artículo 4º.- El “Servicio” realizará en todo el territorio provincial una
campaña de publicidad del sistema de emergencias coordinadas y del número
telefónico asignado.
Artículo 5º.-
Artículo 6º.- Invítase a los Municipios a adherir al presente Decreto.
Artículo 7º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
Artículo 8º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.
SOLA
R.
Magnanini