DECRETO 239/81
Registro de la Propiedad - Contribuciones especiales a cargo de los Escribanos Públicos usuarios del Registro - Actualización de importes.
LA PLATA, 26 de FEBRERO de 1981.
ARTÍCULO 1.- De conformidad con la facultad conferida por el artículo 3º, último párrafo de la Ley 9243, modifícanse los importes de las contribuciones especiales fijadas en dicha Ley, en la siguiente forma:
ARTÍCULO 2.- La actualización de importes establecida por el presente Decreto, regirá a partir del octavo (8°) día hábil siguiente al de su publicación.
ARTÍCULO 3.- El Ministerio de Economía dispondrá la publicación del texto de la Ley 9243, con los importes actualizados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1°.
ARTÍCULO 4.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese, etc.