DECRETO 354/91

 

La Plata, 18 de febrero de 1991.

 

Visto el expediente Nº 2114-892/90, por el cual la Dirección de Automotores y Embarcaciones Oficiales de la Gobernación, solicita la modificación de los Decretos Nº 5550/88 y su modificatorio Nº 2155/90, por los cuales se desafectaban del servicio activo TRESCIENTOS VEINTINUEVE (329) automotores; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, al dictarse el Decreto nº  2155/90, la Administración General de Obras Sanitarias no había procedido a desafectar ninguna unidad, por lo cual quedaba pendiente su tramitación;

 

Que, cumplimentado todos los requisitos por parte del Organismo, reduciendo su flota en TREINTA Y UNA (31) unidades y evaluada la misma por la Dirección de Automotores y Embarcaciones Oficiales, resulta pertinente proceder a la modificación de los actos administrativos mencionados:

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 1º del Decreto Nº 5550/88 y su modificatorio Nº 2155/90, fijándose en TRESCIENTOS TRES (303) las unidades a desafectar del servicio activo e inclúyese en el ANEXO del Decreto Nº 2155/90, la planilla perteneciente a la Administración General de Obras Sanitarias que pasa a formar parte integrante del presente, la que deberá reemplazar a la correspondiente que integra el Anexo del Decreto Nº 5550/88.

 

ARTÍCULO 2.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a la Dirección de Automotores y Embarcaciones Oficiales de la Gobernación, a sus efectos.