DECRETO 354/91
La Plata, 18 de
febrero de 1991.
Visto el expediente Nº
2114-892/90, por el cual la
Dirección de Automotores y Embarcaciones Oficiales de la Gobernación,
solicita la modificación de los Decretos Nº 5550/88 y su modificatorio Nº
2155/90, por los cuales se desafectaban del servicio activo TRESCIENTOS
VEINTINUEVE (329) automotores; y
CONSIDERANDO:
Que, al dictarse el Decreto
nº 2155/90, la Administración
General de Obras Sanitarias no había procedido a desafectar
ninguna unidad, por lo cual quedaba pendiente su tramitación;
Que, cumplimentado todos
los requisitos por parte del Organismo, reduciendo su flota en TREINTA Y UNA
(31) unidades y evaluada la misma por la Dirección de Automotores y Embarcaciones
Oficiales, resulta pertinente proceder a la modificación de los actos
administrativos mencionados:
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA
ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 1º del Decreto Nº 5550/88 y su
modificatorio Nº 2155/90, fijándose en TRESCIENTOS TRES (303) las unidades a
desafectar del servicio activo e inclúyese en el
ANEXO del Decreto Nº 2155/90, la planilla perteneciente a la Administración
General de Obras Sanitarias que pasa a formar parte
integrante del presente, la que deberá reemplazar a la correspondiente que
integra el Anexo del Decreto Nº 5550/88.
ARTÍCULO 2.-
Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a la Dirección de
Automotores y Embarcaciones Oficiales de la Gobernación, a
sus efectos.