ARTICULO 1.- Dónase a la Sociedad de Fomento “Unión Vecinal Progresista“ de la ciudad de Bernal, Partido de Quilmes (con Personería Jurídica N° 1317), el predio identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección R, Manzana 18, Parcelas 13, 14 y 15, Partido de Quilmes, cuyo dominio consta a nombre del Fisco de la Provincia de Buenos Aires mediante las Matrículas N° 12.208, 12.209 y 12.210, respectivamente, del Registro de la Propiedad.
ARTICULO 2.- El inmueble donado será destinado a instalaciones deportivas y culturales.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.