Fundamentos de la

Ley 10532

 

La presente iniciativa propicia la modificación parcial al artículo 7 del Decreto-Ley 7.943/72.

La citada disposición normativa establece que en las obras que realice la Dirección de Vialidad mediante consorcios con los municipios solo se podrá afectar a ese objeto hasta el 15% de los fondos de origen provincial destinados a obras a su cargo.

Cabe destacar que el presupuesto de la Dirección de Vialidad para el año en curso incluye un importante grupo de obras de la partida 05-Transferencias en los partidos de Daireaux, Coronel Suárez, Chacabuco, Campana, General Sarmiento, Lanús, Navarro, Olavarría, Pehuajó, Quilmes, Rojas, Saladillo, San Cayetano, San Isidro, San Nicolás, Baradero y Florencio Varela que en la actualidad se ven imposibilitados ante el rígido límite que impone el artículo 7 del Decreto-Ley 7.943/72 al referido ente autárquico.

En el mismo sentido cabe mencionar el antecedente de la Ley de Presupuesto para el año 1986, cuyo artículo 30 suspendió la aplicación del artículo 7 del Decreto-Ley 7.943/72.

Estos precedentes avalan la necesidad de introducir la modificación que auspiciamos tendiente a suprimir los efectos inconvenientes que en la práctica derivan del límite estricto impuesto por la norma de referencia.

Por los motivos expuestos, solicitamos a esta Honorable Cámara la aprobación de este proyecto de ley.