Fundamentos de la
Ley 10532
La presente iniciativa propicia
la modificación parcial al artículo 7 del Decreto-Ley 7.943/72.
La citada disposición normativa
establece que en las obras que realice la Dirección de Vialidad
mediante consorcios con los municipios solo se podrá afectar a ese objeto
hasta el 15% de los fondos de origen provincial destinados a obras a su
cargo.
Cabe destacar que el
presupuesto de la
Dirección de Vialidad para el año en curso incluye un
importante grupo de obras de la partida 05-Transferencias en los partidos de Daireaux, Coronel Suárez, Chacabuco,
Campana, General Sarmiento, Lanús, Navarro, Olavarría, Pehuajó, Quilmes,
Rojas, Saladillo, San Cayetano, San Isidro, San Nicolás, Baradero y Florencio
Varela que en la actualidad se ven imposibilitados ante el rígido límite que
impone el artículo 7 del Decreto-Ley 7.943/72 al referido ente autárquico.
En el mismo sentido cabe
mencionar el antecedente de la
Ley de Presupuesto para el año 1986, cuyo artículo 30
suspendió la aplicación del artículo 7 del Decreto-Ley 7.943/72.
Estos precedentes avalan la
necesidad de introducir la modificación que auspiciamos tendiente a suprimir
los efectos inconvenientes que en la práctica derivan del límite estricto
impuesto por la norma de referencia.
Por los motivos expuestos,
solicitamos a esta Honorable Cámara la aprobación de este proyecto de ley.
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