DECRETO 1075/2021

LA PLATA, 22 de Noviembre de 2021

VISTO el expediente EX-2019-26705078-GDEBA-SDTADPLB del Patronato de Liberados Bonaerense, por el cual se gestiona la reubicación por cambio de agrupamiento de la agente Sonia Evangelina CUEVAS, y

CONSIDERANDO:

Que Sonia Evangelina CUEVAS revista en un cargo de Planta Permanente, en el Agrupamiento Personal Administrativo, Categoría 10, Código 3-0101-VIII-2, Administrativa Ayudante “C”, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor en el Patronato de Liberados Bonaerense;

Que la agente citada solicita su reubicación en el Agrupamiento Personal Profesional, en virtud de la obtención del título de licenciada en Servicio Social, expedido por la Universidad Nacional de Mar del Plata, y la matriculación en el colegio respectivo;

Que, asimismo, se tiene por acreditado que Sonia Evangelina CUEVAS desempeña funciones afines a su incumbencia profesional;

Que, en consecuencia, procede la modificación del plantel básico de la repartición, en virtud del presente movimiento;

Que tanto el Presidente del Patronato de Liberados Bonaerense como el Ministro de Justicia y Derechos Humanos avalan la gestión propiciada;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que Asesoría General de Gobierno y Contaduría General de la Provincia han dictaminado favorablemente;

Que la presente gestión se enmarca en lo previsto en el artículo 149 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96);

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2021 - Ley N° 15.225 - Sector Público Provincial No Financiero - Administración Provincial - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Régimen Estatutario 1, la transferencia de un (1) cargo, según el siguiente detalle:

DÉBITO: Jurisdicción 1.1.2.16 - Entidad 11 - Prg 2 - Actividad 2 - Unidad Ejecutora 246 - Finalidad 2 - Función 3 - Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Régimen Estatutario 1 - Ubicación Geográfica 999 - Agrupamiento Ocupacional 3. Un (1) cargo.

CRÉDITO: Jurisdicción 1.1.2.16 - Entidad 11 - Prg 2 - Actividad 2 - Unidad Ejecutora 246 - Finalidad 2 - Función 3 - Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Régimen Estatutario 1 - Ubicación Geográfica 999 - Agrupamiento Ocupacional 5. Un (1) cargo.

ARTÍCULO 2°. Modificar el plantel básico de la Patronato de Liberados Bonaerense, suprimiendo un (1) cargo del Agrupamiento Personal Administrativo, Categoría 10, Código 3-0101-VIII-2, Administrativa Ayudante “C”, con un régimen horario de treinta (30) horas semanales de labor, e incorporando en el mencionado plantel básico un (1) cargo del Agrupamiento Personal Profesional, Categoría 10, Código 5-0176-XII-3, Asistente Social “C”, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor.

ARTÍCULO 3°. Reubicar por cambio de agrupamiento, en la Jurisdicción 1.1.2.16 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS – PATRONATO DE LIBERADOS BONAERENSE, a partir de la fecha de notificación del presente acto administrativo, a la agente Sonia Evangelina CUEVAS (DNI Nº 27.083.364 - Clase 1979) en un cargo del Agrupamiento Personal Profesional, Categoría 10, Código 5- 0176-XII 3, Asistente Social “C”, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, proveniente del Agrupamiento Personal Administrativo, Categoría 10, Código 3-0101-VIII-2, Administrativa Ayudante “C”, con un régimen horario de treinta (30) horas semanales de labor, de conformidad con lo normado por el artículo 149 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96).

ARTÍCULO 4°. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto deberá ser atendido con cargo a la siguiente imputación: Jurisdicción 1.1.2.16 - Entidad 11 - Prg 2 - Actividad 2 - Unidad Ejecutora 246 - Finalidad 2 - Función 3 - Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Régimen Estatutario 1 - Ubicación Geográfica 999 - Agrupamiento Ocupacional 5, correspondiente al Presupuesto General Ejercicio 2021 - Ley N° 15.225.

ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Julio César Alak, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.