FUNDAMENTOS DE LA LEY 15369
El presente proyecto de ley tiene por finalidad declarar de utilidad pública y sujeto expropiación, el inmueble ubicado en la calle José Inocencia Arias 60 de la ciudad de General Arenales, partido del mismo nombre, para ser destinado al funcionamiento de dependencias judiciales.
La iniciativa responde a la solicitud cursada a esta Honorable Legislatura por la Suprema Corte de Justicia, mediante el dictado de la Resolución № 1075/21 de fecha 15 de julio del corriente año y que fuera enviada mediante nota del 5 de agosto firmada por su presidente. La misma fue caratula como RO 95/21-22, expediente en el que obra la solicitud y la documentación pertinente.
Los fundamentos vertidos para la declaración de utilidad pública solicitada, surgen no sólo de la mentada resolución, sino también del anteproyecto remitido y al que reproduciremos textualmente a los fines de ser fieles al mismo.
De este modo, el contenido de la fundamentación reza: "La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, ha manifestado en reiteradas oportunidades sobre las necesidades que imperan en materia de infraestructura edilicia del Poder Judicial Provincial, destacando la urgencia de aumentar y mejorar la misma, lo cual ha sido puesto de manifiesto oportunamente con el dictado de las Leyes 13.795 y 14.190.
En razón de ello es que se propone expropiar el inmueble mencionado, el cual permitirá paliar las necesidades edilicias y funcionales del servicio de Justicia de Paz en la ciudad de General Arenales, circunstancia que da cuenta de su condición estratégica.
En ese mismo sentido, cabe señalar que la Suprema Corte inicio gestiones tendientes a identificar bienes inmuebles para su compra, resultando las mismas infructuosas. Teniendo en cuenta dicha situación, el inmueble sito en calle José lnocencio Arias 60 de la ciudad de General Arenales, identificado con nomenclatura catastral: circ. I, secc. A; manz. 27, parc. 3, Mat. 8012; Partida 035-003597, es la mejor opción. Eso así, dado que -como surge del Anexo para la Justicia de Paz del Plan de Infraestructura (Leyes № número 14, 190 y 13,795) y del Informe del Área de Planificación la Infraestructura Edilicia de la S.C.J.B.A.- la localidad de Gral. Arenales tiene Prioridad I y el Juzgado de Paz la categoría "C", sugiriendo una planta funcional con una superficie cubierta mínima de 200 m2.
El bien inmueble citado, forma parte de la masa de bienes de la fallida "J.U.N.A.R.S.A. S.A.C.I.F.A.", cuya quiebra tramita ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial № 2 del Departamento Judicial de Junín por expediente № 2819- 2018 "J.U.N.A.R.S.A. S.A.C.I.F.A. s/ incidente Concurso/Quiebra (Excepto Verificación)".
En virtud de ello, resulta conveniente solicitar al Poder Legislativo de la provincia de Buenos Aires que sancione con urgencia el proyecto de ley por el cual se propicia la declaración de utilidad pública para la expropiación del referido inmueble, con el fin de iniciar el pertinente procedimiento expropiatorio.
La recepción legislativa del proyecto que se acompaña contribuirá en forma notable a dotar a la administración de justicia de las herramientas necesarias para cumplir con el deber de asegurar una adecuada y eficaz protección judicial a las personas y comunidad toda del Departamento Judicial de Junín."
Así, la iniciativa responde a la solicitud de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, que merituó la necesidad de la declaración de utilidad pública del bien señalado, indicando que el costo de la expropiación del mismo será afrontado con partidas presupuestaria propias de la jurisdicción administración de justicia, y que manifiesta que en la actualidad cuenta con los recursos necesarios para su adquisición.
Por lo expuesto, siendo pertinente que esta Honorable Legislatura ejerza su competencia, es que solicito a los sres./as. legisladores acompañen con su voto el presente proyecto de ley.