DEROGADA POR DECRETO-LEY 9351/79
LEY 8112
Considerando Interventores Federales y Comisionados Municipales a los funcionarios actuantes en el período comprendido entre el 28/6/66 y 24/5/73.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Los llamados Gobernadores e Intendentes que detentaron las respectivas funciones durante el período comprendido entre el 28 de Junio de 1966 y el 24 de Mayo de 1973, serán considerados Interventores Federales y Comisionados Municipales.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.