FUNDAMENTOS DE LA
LEY 8943
La ley adjunta, dispone la expropiación de una parte a desmembrar de 36 Hectáreas, 03 Áreas, 40 Centiáreas de superficie, o lo que en más o en menos resulte de la mensura a practicarse, ubicadas en el Partido de Pergamino, de propiedad del señor Felipe Couretot o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.
Por la Ley 8421 se expropió una fracción de tierra en el Partido de Pergamino, con el fin de ampliar la pista de aterrizaje del Aeródromo Provincial de ese Partido, dependiente de la Dirección de Aeronáutica de la Provincia de Buenos Aires.
Habiendo transcurrido el plazo de dos años establecidos por el artículo 47 de la Ley 5708 –Ley General de Expropiaciones-, los cuales deben ser contados desde la fecha de sanción de la Ley 8421, sin que se promoviera el correspondiente juicio, corresponde tener por abandonada la expropiación, siendo necesario el dictado de una nueva ley expropiatoria.
Ante ello, la Dirección de Aeronáutica de la Provincia de Buenos Aires declaró subsistente el interés de la expropiación, por la cual la Dirección de Administración Contable procedió a la reserva preventiva del gasto que demandará la misma.
Asimismo se declara de urgencia la presente expropiación, autorizándose al Poder Ejecutivo a prescindir del avenimiento expropiatorio si así lo estimare más conveniente.
Evaluando lo expuesto precedentemente, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires procede a sancionar la ley que se acompaña.