DEROGADO POR DECRETO 1961/15
DECRETO 1687/95
VistO
CONSIDERANOO:
Que resulta imprescindible otorgar a dicho Organismo una estructura acorde a las altas responsabilidades que le son propias y a la complejidad de los temas que son de su competencia.
Que la especificidad de la tarea encomendada y el rigor que exige su tratamiento conllevan la necesidad de desarrollar una organización operativo funcional moderna, dinámica y eficaz.
Que el proyecto que se aprueba en este acto mantiene la austeridad impuesta por la reforma que se está implementando y se halla en concordancia con las pautas fijadas por la actual gestión de gobierno.
Que el Consejo Asesor de
Que el presente de dicta
en uso de las facultades otorgadas por el articulo 28 y complementarios de
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DECRETA:
ARTICULO 1.-
Apruébase la estructura funcional del Centro Unico Coordinador de Ablación e
Implante de Organos de
ARTICULO 2.- Dentro de los sesenta (60) días corridos a partir de la fecha de publicación del presente acto se procederá a aprobar de acuerdo a lo estipulado en el articulo 10 del Decreto 18/91 la restante etapa de apertura estructural.
ARTICULO 3.- Anúlase el cargo de Director creado, en el articulo 1º del
Anexo I del Decreto 309/91 y determinase para el ámbito del organismo creado en
el articulo 1º, los siguientes cargos: Presidente, con remuneración equivalente
a la de los señores Directores Provinciales; Director Médico Asistencial;
Director de Coordinación Técnica y Director de Coordinación de Areas de Apoyo;
Jefe del Departamento Programación y Control de Gestión sobre Trasplantes. Jefe
del Departamento Fiscalización. Jefe del Departamento Coordinación de Unidades
Asistenciales Periféricas. Jefe del Departamento Servicio Provincial de
Histocompatibilidad. Jefe del Departamento Registro de Estadísticas e
Informática. Jefe del Departamento Legal, Jefe del Departamento Relaciones
Públicas, Promoción y Publicaciones, Jefe del Departamento Coordinación
Administrativa, Jefe del Departamento Contabilidad y Suministros y Jefe del
Departamento Transporte, Jefe de
ARTICULO 4.-
ARTICULO 5.- El SITRA. a través de su, Coordinación Operativa y de
acuerdo con su Comisión Asesora, la que estará integrada por profesionales
médicos Ad Honores tendrá la facultad de proponer la modificación y/o
creación, en base a las necesidades emergentes, de circuitos administrativos
y/u operativos estandarizar la documentación existente e introducir nuevos
formularios según la necesidad de su utilización, propuestas que serian
elevadas a
ARTICULO 6.- En un plazo no mayor a los sesenta (60) días de la aprobación del presente, se dictará el acto administrativo correspondiente para efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias a los efectos de reflejar en el Presupuesto vigente las modificaciones surgidas del desarrollo estructural de este organismo.
ARTICULO 7.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Salud.
ARTICULO 8.- Dése al Registro Oficial, comuníquese, publíquese y archívese.
ANEXO II
METAS DEL CENTRO UNICO COORDINAOORDE ABLACION E IMPLANTE DE
ORGANOS DE
1.- Ejecutar las políticas
que, con referencia a la temática de trasplantes y en concordancia con
2.- Planificar los sistemas y/o programas inherentes a la atención médica del enfermo sujeto a la necesidad de transplante, así como las de los donantes y sus implicancias legales.
3.- Fiscalizar y
determinar la coordinación y ejecución de las acciones establecidas por
ANEXO III
- DIRECCION MEDICO ASITENCIAL
1.- Programar, proponer y fiscalizar la aplicación de normas técnicos referentes a la determinación de muerte cerebral, ablación e implante de órganos entre seres humanos y toda otra actividad incorporada a la reglamentación vigente.
2.- Organizar, implementar y mantener actualizado el Registro Provincial de Receptores y Donantes coordinando la distribución de órganos de acuerdo con el Organismo Nacional competente en la materia.
3.- Organizar el Servicio Provincial de Histocompatibilidad en lo atinente a la faz operativa técnico administrativa y asistencial.
4.- Proponer, promover y
realizar actividades asistenciales relacionadas con los trasplantes en el
sector de los Hospitales Públicos Provinciales, como labor propia o por
solicitud de organismos provinciales privados o mixtos conformando
5.- Promover y. realizar actividades de docencia e investigación científica, con relación a la temática de trasplante, ablación y procuración de órganos y tejidos.
6.- Controlar con la periodicidad que se determine, la gestión de los establecimientos, servicios y profesionales habilitados para el desarrollo de la práctica de trasplante, de acuerdo a lo establecido en la reglamentación vigente.
- DIRECCION DE coordinación Técnica
1.- Intervenir, en
representación del organismo, en las acciones legales que se originen como
consecuencia de la realización de los procedimientos de procuración, diagnóstico
de muerte, ablación e implante de órganos y tejidos, de acuerdo a lo
establecido en
2.- Intervenir en los actos de donación de órganos para después de la muerte y sus respectivas actas de consentimiento. así como en las acciones que de éstas se originen manteniendo actualizado el Registro de Donantes Voluntarios para después de la muerte.
3.- Realizar y mantener actualizado el Registro Unico Provincial de Establecimientos y Profesionales Habilitados (RUPEP) incorporando los actos de procuración, ablación e implante y los informes sobre seguimiento de pacientes implantados, tal cual lo fija la normativa vigente.
4.- Actualizar los Registros Estadísticos e Informáticos de Receptores y Donantes, a nivel Provincial en coordinación con el organismo nacional competente.
5.- Programar y coordinar la provisión de elementos y detectar e informar sobre la necesidad de recursos humanos propendiendo al correcto funcionamiento de los servicios de trasplante de los Hospitales Públicos y de los Centros Regionales de Ablación e Implantes de Organos.
6.- Recepcionar, gestionar y fiscalizar los requerimientos de subsidios para trasplantes de órganos y tejidos, dando intervención a los equipos técnico profesionales específicos y realizar el control de gestión pertinente a fin de evaluar el estado de ejecución y cumplimiento de los cometidos del organismo.
- DIRECCION DE COORDINACION PE AREAS DE Apoyo
1.- Organizar, implementar y supervisados sistemas de apoyo administrativo para las dependencias y atender los requerimientos de cada una de ellas.
2.- Llevar actualizados
los archivos de documentación oficial, técnica, informes, análisis, estudios,
legislación y otras normativas, necesarias para el funcionamiento del Centro
Unico de Coordinación e Implantes de
3.- Coordinar y fiscalizar la elaboración de los presupuestos que hacen al funcionamiento de todos los servicios del C.U.C.A.I.B.A organizando e implementando la gestión de facturación y cobro de las prestaciones realizadas por los equipos de ablación e implante de órganos y tejidos dependientes del mismo.
4.- Organizar, coordinar e informar sobre la previsión y provisión de insumos y equipamiento para el normal funcionamiento de los organismos asistenciales, dependientes del C.U.C.A.I.B.A. como, así mismo, el de las drogas inmunosupresoras para la realización de los procedimientos de implante.
5.- Organizar los servicios de transporte de órganos y tejidos.
ANEXO IV
- DIRECCION MEDlCO ASISTENCIAL
-DEPARTAMENTO PROGRAMACION Y CONTROL DE GESTIQN SOBRE TRASPLANTES
1. - Realizar los
análisis y estudios necesarios para la elaboración de los planes y programas que posibiliten la implementación
del Sistema de Trasplantes, en los distintos niveles, conformando
2.- Implementar la aplicación de la metodología para el registro .de las listas de receptores para trasplantes de órganos y tejidos.
3.- Llevar el Registro Provincial de Receptores y Donantes.
4.- Efectuar, a través de un equipo técnico profesional específico el control de gestión necesario a fin de evaluar el estado de ejecución de los cometidos del organismo e informar sobre los resultados obtenidos.
5.- Llevar los
antecedentes y registros de
- DEPARTAMENTO FISCALIZACION
1.- Supervisar e informar sobre el cumplimiento de las pautas y determinaciones establecidas en la reglamentación vigente y referida a ablación e implante de órganos y tejidos, a través de la documentación recibida.
2.- Realizar el seguimiento de la gestión realizada por y en los establecimientos, servicios y profesionales habilitados para el desarrollo de la práctica del trasplante.
3.- Efectuar la inspección de los establecimientos y servicios y evaluar los antecedentes de los equipos y profesionales a los fines de la habilitación y autorización para la realización de las prácticas de ablación e implante de órganos y tejidos.
4.- Auditar la documentación médica y la práctica asistencial, en terreno, de los pacientes sometidos a trasplantes de órganos y tejidos por parte de efectores oficiales privado, y/o mixtos.
- DEPARTAMENTO COORDINACION DE UNIDADES ASISTENCIALES PERIFERICAS
1.- Procesar la información de los Registros Regionales de Receptores y Donantes, manteniendo actualizada la misma.
2.- Proponer y coordinar la implementación de los servicios de trasplantes provinciales, conforme a la tipificación de cada uno de ellos y al área geográfica de atención.
3.- Coordinar acciones para la ejecución de las tareas correspondientes y conjuntas con el Servicio Provincial de Histocompatibilidad.
4.- Realiza, juntamente con el Departamento Transporte, la planificación y coordinación de las actividades relacionadas con la procuración e implante de órganos y tejidos.
- DEPARTAMENTO SERVICIO PROVINCIAL DE HISTOCOMPATIBILIDAD
1.- Clasificar y presentar la información relacionada con las determinaciones serológicas, inmunológicas e inmunoistoquímicas, de donantes vivos y cadavéricos, así como de los potenciales receptores de órganos y tejidos para trasplante.
2.- Mantener permanentemente actualizadas las listas activas de potenciales receptores de órganos y tejidos.
3.- Recopilar la información necesaria para establecer los criterios científicos y técnicos referidos a la tipificación de órganos y tejidos entre donantes y receptores.
4.- Desarrollar y proponer listas de investigación y sugerir fundamentos científicos sobre la materia.
5.- Coordinar su actividad con los Servicios de Histocompatibilidad de los Centros Regionales de Ablación e Implante.
6.- Suministrar en forma permanente información para mantener actualizada la lista de donantes y receptores de ablación e implante de órganos y tejidos.
- DEPARTAMENTO LEGAL
1.- Intervenir en las acciones legales que se originen como consecuencia de la realización de los procedimientos de procuración, donación, diagnóstico de muerte, ablación e implante de órganos.
2.- Intervenir en los
actos en los que se comprueben infracciones a
3.- Intervenir en los procedimientos de habilitación de profesionales y establecimientos, como así también, en la confección del Registro Unico Provincial de Establecimientos y Profesionales Habilitados (RUPEP).
4.- Intervenir en los procedimientos administrativos relacionados con el otorgamiento de subsidios, aplicación y cumplimiento de los convenios para la realización de trasplantes de órganos y tejidos en el país y/o en el exterior.
- DEPARTAMENTO REGISTRO DE ESTADISTTCAS E INFORMATICA
1.- Recibir e incorporar
al Registro Unico Provincial de Establecimientos y Profesionales Habilitados
todos los actos relacionados con la procuración, ablación, implantes y
seguimiento de pacientes implantados,
tal cual lo fija
2.- Implementar y mantener actualizado el Registro Informático de Receptores y Donantes a nivel provincial y coordinar su actividad con el Programa Informático Nacional del INCUCAI.
3.- Implementar y mantener actualizado el registro de donantes voluntarios para después de la muerte.
4. Implementar y mantener actualizado el registro de los subsidios para trasplante de órganos y tejidos, efectuando los seguimientos y controles pertinentes en coordinación con otras áreas y dependencias.
5.- Procesar y producir la información estadística necesaria para la evaluación de las actividades del C.U.C.A.I.B.A.
- DIVISION OPERATIVA
1.- Mantener actualizados los registros estadísticos y organizar los archivos de toda la documentación inherente a la temática de procuración e implante de órganos y tejidos en, el ámbito de la provincia de Buenos Aires.
2.- Desarrollar y
mantener
3.- Implementar los mecanismos necesarios a fin de mantener actualizado el Registro Unico Provincial de Establecimientos y Profesionales Habilitados, comunicando las bajas y las altas respectivas de dicho registro, tal cual lo establece la legislación vigente.
- DEPARTAMENTO RELACIONES PUBLICAS, PROMOCION Y PUBLICACIONES.
1.- Recopilar la información de las distintas áreas del C.U.C.A.I.B.A, inherente a las acciones específicas del mismo, clasificatoria y conformarla para su publicación, cuando fuere necesario o para información interna.
2.- Organizar, coordinar
y proveer la información necesaria para las publicaciones internas de
3:- Elaborar y proponer complejos informativos en coordinación, con las áreas correspondientes tales como: conferencias de prensa; campañas de difusión que requieren una adecuada programación publicitaria sectorización de la información conforme a las características regionales a quienes van dirigidas y otras formas de promoción Información y concientización.
4.- Mantener las relaciones necesarias con periodistas y medios de difusión, a fin de propiciar campañas de promoción. comunicación o información específica sobre el tema y su legislación hacia la población.
5.- Promover la participación de funcionarios y/o especialistas en programas de prevención, promoción, comunicación, etc.
6.- Atender visitas y delegaciones en la materia específica de ablación de implantes.
D1RECCION DE COORDINACION DE AREAS DE APOYO
- DEPARTAMENTO COORDINACION ADMINISTRATIVA
1.- Atender el registro de entradas, salidas de trámite y movimiento interno y archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en el área de la dependencia.
2.- Controlar y verificar cumplimiento de las normativas vigentes, tanto en los aspectos formales como sustanciales, para el trámite de las actuaciones que se gestionan en el área.
3.- Proyectar e intervenir en los actos administrativos pertinentes, sobre la debida aplicación de las normas que hacen a la competencia del C.U.C.A.I.B.A. y la aplicación de las mismas.
4.- Recopilar, clasificar y registrar mediante archivos la documentación oficial, técnica, informes, análisis, estudios, legislación y otras normativas para el Organismo.
- DIVISION DESPACHO
1.- Registrar y tramitar las actuaciones y la documentación inherente al organismo.
2.- Distribuir las actuaciones conforme a las áreas de competencia; efectuando el debido control de gestión y cumplimiento de plazos.
3.- Proyectar los actos administrativos de competencia del C.U.C.A.I.B.A.
4.- Atender las
actividades de la secretaría privada de
- DIVISION RECURSOS HUMANOS
1.- Intervenir y asesorar en todos los aspectos referentes al personal régimen horario, asistencia, etc.
2.- Mantener actualizados los registros del personal del C.U.C.A.I.B.A. y de los que conforman los Centros de Trasplantes y Centros Regionales de Ablación e Implante en los distintos hospitales.
3.- Tramitar las coberturas de vacantes, bajas, reemplazos y todo movimiento de personal o actos que a él se refieran.
4.- Interpretar y aplicar las normas legales vigentes para el desarrollo armónico de la carrera de los agentes.
-DEPARTAMENTO CONTABILIDAD Y SUMINISTROS
1.- Efectuar la previsión y provisión de elementos e insumos para el normal funcionamiento de los organismos asistenciales dependientes del C.U.C.A.I.B.A.
2.- Ejecutar la gestión de compra de los elementos e insumos para el normal funcionamiento de los organismos referidos, así como de las drogas inmunosupresoras para la realización de les procedimientos de implante, de acuerdo a las estipulaciones de la normativa vigente.
3.- Intervenir en la
facturación y cobro de las prestaciones llevadas a cabo por los equipos de
procuración e implante de órganos y tejidos del Centro Unico Coordinador de
Ablación e Implante de
4.- Confeccionar las directivas para la elaboración de los presupuestos del funcionamiento del C.U.C.A.I.B.A. de los Servicios de Trasplante de los Hospitales Públicos y de los Centros Regionales de ablación e implante de órganos y tejidos.
5.- Intervenir en el manejo de las cuentas especiales.
- DIVISION CONTABILIDAD GENERAL
1.- Efectuar los registros contables necesarios.
2.- Efectúa la facturación y cobro de prestaciones.
3.- Preparar el presupuesto del organismo.
4.- Elaborar la información necesaria que le sea requerida sobre la ejecución presupuestaria.
- DIVISION CUENTAS ESPECIALES
1.- Controlar el ingreso y movimiento de las cuentas especiales.
2.- Asentar en los registros pertinentes las entradas y salidas que originan las mismas.
3.-Establecer un sistema de documentación específica para el registro de créditos y débitos sobre esos ingresos.
4. Efectúa la distribución y evaluación de lo ingresado y de lo gastado.
- DIVISION COMPRAS Y SUMINISTROS
1.- Realizar las compras y licitaciones para la adquisición de los elementos e insumos necesarios.
2.- Efectuar la provisión de los insumos y equipamiento a los distintos niveles operativos.
- DEPARTAMENTO TRANSPORTE
1.- Desarrollar las actividades relacionadas con el traslado de personal médico técnico, que intervienen en los operativos de donación de órganos tejidos.
2.- Efectuar los traslados de los órganos ablacionados desde el establecimiento en que se efectúa la ablación y hasta la institución que realice el implante.
3.- Trasladar a los potenciales donantes cadavéricos, desde los establecimientos asistenciales denunciantes, hasta los servicios de mantenimiento de potenciales donantes.
4.- Coordinar los
traslados de profesionales y equipos técnicos por medios terrestres y/o aéreos
para la realización de los operativos en todo el ámbito de
5.- Trasladar al personal profesional y técnico para la realización de los procedimientos legales relacionados con la donación cadavérica.
6.- Efectuar el traslado de potenciales receptores hasta el establecimiento en que se efectúe el implante.