DEPARTAMENTO DE ECONOMIA
DECRETO 2.015
La Plata, 21 de octubre de 2003
VISTO el Decreto Nº 4183/93 y sus modificatorios por el que se ha reglamentado la Ley Orgánica de la Tesorería General de la Provincia Decreto Ley 8941/77; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 2734/01 se aprobó el Texto Ordenado del mismo;
Que el convenio celebrado entre la Secretaría para la Modernización del Estado y la Tesorería General de la Provincia para el diseño e instrumentación del Plan de Modernización del citado Organismo, contempla implementar un modelo de gestión acorde con los ejes de la política de modernización y la capacidad de ejecutar los procesos que se requieran;
Que la estructura organizativa propuesta, consecuente con la política de Modernización del Estado que exige su alineación con la estrategia del Poder Ejecutivo, busca preparar al Organismo para dar eficientes respuestas a los programas del Gobierno Provincial para salir de la emergencia económica-financiera, como son entre otros los de Conversión de Deuda Pública en Bonos Garantizados, de Financiamiento Ordenado y de Unificación Monetaria;
Que, consecuentemente, es necesario modificar la Estructura Orgánico Funcional de la Tesorería General de la Provincia de modo tal que se precisen responsabilidades funcionales de conformidad a las competencias de las áreas respectivas y su vinculación en el marco de las estructuras provinciales y del Plan Estratégico para la Modernización del Estado ;
Que a efectos de responder a los requerimientos impuestos por dicha modificación, se promueve la reubicación de los agentes en tareas concordantes con el nuevo modelo de gestión.
Que en esta instancia
corresponde excluir al presente de los alcances del Decreto Nº 2658/00,
modificado por los Decretos Nº 2809/00, 3167/00 y prorrogado por los decretos
Nº 1842/01; 1581/02 y 1134/03;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Sustitúyese la Estructura Orgánico-Funcional de la Tesorería General de la Provincia que fuera aprobada en el Capítulo II del Decreto Nº 2734/01, por la que resulta del presente Decreto.-
ARTICULO 2º.- Apruébase la Estructura Organizativa de la Tesorería General de la Provincia de conformidad con el organigrama, objetivos, metas, acciones y tareas, que como Anexos I, II, III, IV, V forman parte integrante del presente decreto.
ARTICULO 3º.- Determínase en la Tesorería General de la Provincia los siguientes cargos funcionales, por orden correlativo, los que tendrán idéntico rango y remuneración que sus pares de la Fiscalía de Estado; todos ellos con arreglo a las partidas presupuestarias ya aprobadas para la Jurisdicción y en los niveles escalafonarios previstos:
Categoría 30 Tesorero General.
Categoría 29 Subtesorero General.
Categoría 28 Secretario General.
Categoría 27 Director General
de Planificación Financiera.
Director General Técnico Contable.
Director General Técnico Ejecutiva.
Director General de Administración.
Director General de Relaciones Institucionales y Despacho.
Categoría 25 Director de
Programación Financiera.
Director de Coordinación Financiera y Presupuestaria.
Director de Contabilidad.
Director de Programación de Erogaciones.
Director de Registración y Rendición de Cuentas del Tesoro.
Director de Recursos, Afectaciones y Erogaciones del Tesoro. Director Jurídico
y Técnico Impositivo.
Director de Coordinación Administrativa y Contable.
Director de Sistemas e Informática.
Categoría 25 Delegados de Tesorería (2) (con rango de Director).
Categoría 24 Subdirectores Asistentes (3).
Categoría Jefe
Departamento Recursos Tributarios y Otros
Recursos.
Jefe Departamento Exigibilidades Financieras.
Jefe Departamento Coordinación Financiera y Presupuestaria.
Jefe Departamento Registración y Balances.
Jefe Departamento Movimiento de Fondos y Exigibilidades.
Jefe Departamento Planificación y Control del Sector Público.
Jefe Departamento Haberes del Sector Público.
Jefe Departamento Bienes y Servicios No Personales.
Jefe Departamento Balances y Rendiciones.
Jefe Departamento Contralor Bancario.
Jefe Departamento Liquidaciones.
Jefe Departamento Efectivización de Egresos.
Jefe Departamento Jurídico y Cesión de Créditos.
Jefe Departamento Técnico Impositivo.
Jefe Departamento Títulos y Valores.
Jefe Departamento Presupuesto, Contabilidad y Sueldos.
Jefe Departamento Tesorería y Rendiciones.
Jefe Departamento Personal.
Jefe Departamento Contrataciones y Patrimonio.
Jefe Departamento Mesa de Entradas.
Jefe Departamento Servicios Auxiliares y Automotores.
Jefe Departamento Atención a Usuarios.
Jefe Departamento Análisis y Programación.
Jefe Departamento Equipamiento y Operaciones.
Jefe Departamento Despacho.
ARTICULO 4º.- Determínase la cantidad de cuatro (4) cargos de Asesores de Gabinete del señor Tesorero General de la Provincia.
ARTICULO 5°.- Modifícase el Plantel Básico Global de la Jurisdicción 11110 Tesorería General, aprobado por Decreto Nº 4183/93 y modificatorios, discriminado por Planta Permanente Global y Planta Temporaria Global y que como Anexo VI forman parte integrante del presente.
ARTICULO 6º.- Apruébanse los Planteles Básicos de la Tesorería General de la Provincia, de conformidad con la Estructura Organizativa aprobada por el Artículo 2º, discriminados por Planta Permanente y Temporaria por unidades estructurales, por agrupamiento, categorías y financiamiento, que como Anexos VII, VIII, IX forman parte integrante del presente.
ARTICULO 7°.- Desígnase en la Jurisdicción 11110 Tesorería General, en los cargos sin estabilidad que se consignan, al personal cuya nómina se detalla en el Anexo X, el que forma parte integrante del presente.
ARTICULO 8°.- Confírmase en la Jurisdicción 11110 Tesorería General, en los cargos sin estabilidad que se consignan, al personal cuya nómina se detalla en el Anexo XI, el que forma parte integrante del presente.
ARTICULO 9°.- Apruébase el Plantel Básico Nominado de la Jurisdicción 11110 Tesorería General, de conformidad con la Estructura Organizativa aprobada por el Artículo 2º, con las reubicaciones del personal cuya nómina y cargos a ocupar se detalla en las planillas que como Anexo XII forman parte integrante del presente.
ARTICULO 10.- Efectúense dentro del Presupuesto General Ejercicio 2003 Ley 13002 en la Jurisdicción 11110 Tesorería General, las adecuaciones presupuestarias necesarias, conforme las transferencias de cargos efectuadas dentro del Plantel Básico Global aprobado por el Artículo 6º del presente.
ARTICULO 11.- Déjase establecido que la reubicación referida no implica ampliación de la planta global que compone la Estructura Orgánico-Funcional de la Tesorería General de la Provincia.
ARTICULO 12.- Exceptúase las designaciones precedentes de los alcances del Decreto Nº 2658/00 y modificatorios, prorrogado por su similar Decreto Nº 1842/01; 1581/02 y 1143/03.
ARTICULO 13.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía.-
ARTICULO 14.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a la Tesorería General de la Provincia. Cumplido, archívese.-
SOLA
G. A. Otero
ANEXO I
- OBJETIVOS -
- TESORERIA GENERAL DE LA PROVINCIA -
- SECRETARIA GENERAL -
1 - Adoptar todas las medidas necesarias para posibilitar el cumplimiento eficaz de los planes y programas establecidos por el titular del Organismo, de acuerdo con las competencias otorgadas y controlar su ejecución.
2 - Organizar y elaborar los mecanismos de información a brindar a los acreedores del Estado, funcionarios y público en general, de conformidad a las directivas impartidas por la autoridad, como así también asesorar en la formulación de informes sobre la evolución financiera del Tesoro Provincial.
3 - Metodizar las actividades necesarias para la confección de las distintas publicaciones técnicas que produce el Organismo.
4 - Organizar, coordinar y compatibilizar el ordenamiento legal en los temas de su competencia, elaborando y proponiendo al Tesorero General las modificaciones necesarias.
5 - Organizar los estudios y análisis requeridos a fin de elaborar el anteproyecto de Presupuesto anual del Organismo.
6 - Impartir las instrucciones pertinentes y controlar los actos relacionados con la administración financiera, patrimonial, de recursos humanos y de apoyo administrativo y organizativo en el orden interno.
ANEXO III
- METAS -
- DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION FINANCIERA -
1 - Analizar y coordinar la formulación de estudios, proyecciones, incidencias, cálculos y pronósticos financieros a los fines de elaborar el Presupuesto de Caja de Ejercicio, conforme las directivas del Tesorero General de la Provincia.
2 - Planificar y coordinar la ejecución financiera con la presupuestaria.
3 - Sistematizar el seguimiento de la ejecución del Presupuesto Provincial y su correspondencia con el Presupuesto de Caja Anual.
4 - Producir estados proyectados de fondos e informes de evaluación y control, para ser elevados al Titular del Organismo.
- METAS -
- DIRECCION GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y DESPACHO-
1. - Adoptar las medidas tendientes a la organización y atención del despacho diario del Tesorero General, Subtesorero General y Secretario General.
2. - Establecer el circuito operativo para la diagramación de autorizaciones de pago, conforme las directivas del Tesorero General.
3. - Centralizar y coordinar la diagramación de autorizaciones de pago a proveedores, servicios públicos, convenios y certificados de obra, de las distintas Jurisdicciones, Organismos Provinciales y/o Entes Autárquicos, que se someten a consideración y aprobación del señor Tesorero General.
4. - Determinar la viabilidad do las actuaciones administrativas por las que so tramitan compromisos financieros de las distintas Jurisdicciones, Organismos Provinciales y /o Entes Autárquicos .
5. - Proyectar decretos, resoluciones y disposiciones, conforme directivas de las autoridades del Organismo.
6. - Organizar el protocolo de las Autoridades Superiores.
- METAS -
- SECRETARIA GENERAL -
- DIRECCION GENERAL TECNICO CONTABLE -
1 - Centralizar el trámite y la registración de las operaciones vinculadas con la gestión del pago y su posterior análisis.
2 - Controlar y conducir el procesamiento de la documentación de pago para su posterior efectivización.
3 - Programar la operatoria de pagos de acuerdo con la programación financiera y base a las directivas que emanan del Tesorero General.
4 - Contabilizar las operaciones que realiza la Tesorería General, programando y confeccionando los balances mensuales respectivos, y suministrar la información que surja del análisis de los mismos.
5 - Elaborar informes contables sobre la ejecución de la programación financiera y presupuestaria.
- DIRECCION GENERAL TECNICO EJECUTIVA -
1 - Analizar la situación diaria de Caja a fin de cumplimentar las prioridades de pago determinadas por el Tesorero General.
2 - Ejecutar en tiempo y forma la apropiación de los ingresos y la efectivización de los egresos del Organismo.
3 - Registrar diariamente el movimiento de los ingresos y egresos de fondos, Letras de Tesorería, títulos y valores que se hallen a cargo y orden de la Tesorería General de la Provincia.
4 - Disponer la tramitación de la documentación que ingrese al área para su efectivización.
5 - Supervisar en forma integral la ejecución del sistema COPRES para la provisión de combustible en el ámbito provincial.
6 - Analizar los registros del movimiento de caja diario.
7 - Coordinar y controlar la temática en materia jurídica e impositiva que aplica el Organismo.
8 - Coordinar y controlar la temática en materia de rescate de Letras de Tesorería para Cancelación de Obligaciones y Bonos de Cancelación de Obligaciones.
9 - Analizar los convenios de pago que celebre la Tesorería General de la Provincia con otras entidades.
- DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION -
1 - Programar, ejecutar y controlar en el ámbito de la Tesorería General de la Provincia los actos administrativos respecto de las políticas generales económico - financiera, presupuestaria y contable . Elaborar el Proyecto de Presupuesto.
2 - Coordinar y supervisar las acciones relacionadas con el registro de los bienes patrimoniales. Proponer y ejecutar las contrataciones, compras y suministros. Supervisar el manejo de los depósitos.
3 - Supervisar las actividades relacionadas con el manejo de fondos y valores, controlar y gestionar sus ingresos y egresos de acuerdo con las normas de la Ley de Contabilidad y sus reglamentaciones. Coordinar la liquidación de haberes y otras retribuciones.
4 - Organizar y ejecutar las políticas y directivas referentes a la Administración de Personal, respecto de los agentes del Organismo. Coordinar el tratamiento y resolución de los temas laborales. Ejercer el control de asistencia, confección y archivo de legajos. Aplicar la legislación vigente en materia de Administración de Personal.
5 - Supervisar la organización, programación y prestación de los servicios auxiliares de mantenimiento, mayordomía, limpieza, vigilancia, intendencia, correspondencia y comunicaciones necesarias para el desarrollo de las tareas del Organismo.
6 - Coordinar, mantener y prestar el servicio administrativo necesario en el Organismo, controlando el procedimiento administrativo en el diligenciamiento de todos los actos. Supervisar las actividades de la Mesa de Entradas y de archivo general del Organismo.
7 - Coordinar y controlar la política en materia de informática a aplicar en el Organismo, manteniendo actualizados los sistemas de base, el software y el equipamiento.
ANEXO IV
- ACCIONES DE LAS DIRECCIONES -
- DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION FINANCIERA -
- DIRECCION DE PROGRAMACIÓN FINANCIERA -
1 - Proyectar la aplicación de la Programación Financiera al Presupuesto de Caja Anual.
2 - Programar y coordinar la ejecución financiera con la presupuestaria, en base a las disponibilidades y su realización.
3 - Evaluar las diferentes actividades inherentes a la Programación Financiera, atento a los desvíos observados en base a la medición de sus resulta- dos.
4 - Determinar la disponibilidad de cada uno de los recursos analizados, y adecuar los procedimientos previstos para la captura de la información relevante relacionada con los mismos.
- DIRECCION DE COORDINACION FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA -
1 - Analizar la
composición del Presupuesto Provincial y su relación con el
Presupuesto de Caja Anual.
2 - Formular el Presupuesto de Caja Anual de la Tesorería General.
3 - Elaborar Estados Proyectados de Fondos.
4 - Capturar, recopilar y ordenar datos relevantes para la gestión con el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.
5 - Analizar la Ejecución
del Presupuesto Provincial.
6 - Realizar el seguimiento de la ejecución del Presupuesto Provincial y su
correspondencia con el Presupuesto de Caja Anual.
7 - Elaborar estados proyectados de fondos e informes de evaluación y control.
- ACCIONES DE LAS DIRECCIONES -
- DIRECCION GENERAL TECNICO CONTABLE -
- DIRECCION DE CONTABILIDAD -
1 - Organizar la registración de las operaciones de ingresos de Exigibilidades de los expedientes entrados diariamente.
2 - Controlar el procesamiento del estado de Movimientos de Fondos a partir del Libro Caja.
3 - Realizar el registro de los ajustes, desafectaciones y anulaciones que la operatoria contable exige.
4 - Producir los Estados Financieros y Contables de competencia del organismo.
5 - Brindar la información contable que requiera la Superioridad.
- DIRECCION DE PROGRAMACIÓN DE EROGACIONES -
1 - Procesar la documentación de pago metodizando los sistemas informativos de acreedores.
2 - Determinar el sistema que permita que la documentación que integra los planes de pago esté dispuesta en tiempo y forma.
3 - Encauzar los planes de pago de acuerdo con las necesidades financieras.
4 - Brindar asesoramiento
sobre sistemas de financiamiento y la implementación legal para su utilización.
5 - Proporcionar información de autorizaciones de pago para la confección del
Presupuesto de Caja.
- ACCIONES DE LAS DIRECCIONES -
- DIRECCION GENERAL TECNICO EJECUTIVA -
- DIRECCION DE REGISTRACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DEL TESORO -
1 - Establecer los métodos de verificación que mantengan permanentemente conciliadas las cuentas bancarias del Tesoro.
2 - Disponer diariamente el parte de caja de ingresos y egresos de fondos, títulos y valores.
3 - Efectuar la rendición de documentación a la Contaduría General de la Provincia.
4 - Coordinar los procedimientos de registración contable con las demás Direcciones involucradas.
- DIRECCION DE RECURSOS, AFECTACIONES Y EROGACIONES DEL TESORO -
1 - Resolver los expedientes por los que se sustancie el pago de erogaciones a favor de los respectivos titulares de los créditos, practicando cuando corresponda, las retenciones impositivas que como agente de retención deba realizar el Organismo.
2 - Disponer el proceso de liquidación de la documentación ingresada para el pago y registrar los ingresos recibidos por el Tesoro, como así también los cheques emitidos a fin de conciliar las cuentas corrientes bancarias del Organismo.
3 - Proceder al pago de las liquidaciones pertinentes en orden a las autorizaciones dispuestas por el TESORERO GENERAL por los distintos medios, interdepósitos en forma directa al acreedor u otros.
4 - Disponer el proceso de impresión, verificación, registro y libranza del sistema O.P.I. para las distintas Jurisdicciones de la Administración Pública Provincial.
5 - Confeccionar un Registro de emisión y rescate de Letras de Tesorería.
- DIRECCION JURÍDICA Y TECNICO IMPOSITIVA -
1 - Analizar, evaluar y controlar la aplicación de la temática jurídica, de interés en el accionar del Organismo.
2 - Aplicar las disposiciones vigentes en materia impositiva, atendiendo a la función de agente de retención en impuestos nacionales y provinciales que realiza la Tesorería General.
3 - Disponer las acciones atinentes a la emisión, circulación y registración de los Bonos, Títulos y Valores de la Provincia.
4 - Mantener actualizado el conjunto de normas legales de interés para el Organismo.
- ACCIONES DE LAS DIRECCIONES -
- DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION -
- DIRECCION DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y CONTABLE -
1 - Organizar y ejecutar las políticas y directivas de Administración de Personal.
2 - Coordinar las tareas inherentes a los sectores contables del Organismo. Supervisar la confección del Proyecto de Presupuesto y su Ejecución.
3 - Supervisar las actividades relacionadas con el manejo de fondos.
4 - Administrar las
tareas relacionadas con los servicios generales del Organismo.
5 - Organizar, coordinar y supervisar las tareas administrativas.
6 - Atender el correcto funcionamiento de entrada, salida, archivo de actuaciones y expedientes.
- DIRECCION DE SISTEMAS E INFORMATICA -
1 - Relevar, analizar, diseñar, implementar y mantener sistemas informáticos para aplicar en el Organismo.
2 - Evaluar y proponer las incorporaciones en tiempo y forma del equipamiento, intervenir en la determinación de las especificaciones técnicas que integran los actos licitatorios con respecto a servicios o equipamientos informáticos.
3 - Establecer y mantener un enlace permanente con el Centro de Cómputos de la Contaduría General de la Provincia.
4 - Sistematizar los procesos para dar soporte técnico a las Direcciones y Departamentos dentro del Organismo.
5 - Diagnosticar las necesidades y establecer mecanismos para capacitar y actualizar al personal del área, conforme la evolución tecnológica o necesidades del Organismo.
6 - Organizar y planificar el funcionamiento del servicio de informática en el Organismo, coordinando pautas y especificaciones técnicas, realizando los relevamientos y análisis pertinentes.
7 - Mantener actualizado el software, equipamiento, los sistemas de base, lenguajes de programación y administradores de bases de datos coordinando pautas y acciones con la Dirección Provincial de Informática de la Gobernación.
ANEXO V
- TAREAS DE LOS DEPARTAMENTOS -
- DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACIÓN FINANCIERA -
- DIRECCION DE PROGRAMACIÓN FINANCIERA -
- DEPARTAMENTO RECURSOS TRIBUTARIOS Y OTROS RECURSOS -
1 - Capturar datos relevantes para la gestión, a través de las relaciones con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, la Dirección Provincial de Rentas, la Contaduría General de la Provincia, la Dirección de Política Tributaria del Ministerio de Economía y los Organismos que forman la Administración Pública Provincial.
2 - Identificar Recursos Presupuestarios, analizar su origen, normativa vigente y sus características.
3 - Efectuar análisis cualitativos, determinar circuitos y realizar aportes para la optimización de los flujos detectados.
4 - Determinar la disponibilidad de cada uno de los recursos analizados, desde la óptica del análisis de su origen .
5 - Coordinar con el Ministerio de Economía la obtención de información para la gestión de los fondos que se tramitan a través del Ítem del Tesoro.
6 - Identificar y analizar los diferentes circuitos de información que conforman la masa de recursos; evaluar y controlar los mismos.
7 - Confeccionar proyecciones de recursos. Determinar su estacionalidad y efectuar el análisis pormenorizado y específico de cada uno de ellos para la determinación más acertada de sus probabilidades y oportunidad de recaudación para su utilización.
8 - Identificar y analizar los recursos específicos de cada uno de los organismos que forman la Administración Pública Provincial y su compatibilización con el presupuesto financiero del organismo.
9 - Controlar y verificar la imputación de ingresos afectados por retenciones nacionales y/o provinciales, así como su posterior afectación.
- DEPARTAMENTO EXIGIBILIDADES FINANCIERAS -
1 - Coordinar los planes
de pago del sector público y privado con los Departamentos respectivos de la
Dirección de Programación de Erogaciones.
2 - Confeccionar y controlar los Estados de Exigibilidades.
3 - Coordinar y controlar las exigibilidades requeridas por las Tesorerías
periféricas.
4 - Coordinar, con la Dirección Provincial de Crédito y Financiamiento Público
del Ministerio de Economía y con la Dirección de Crédito Público de la
Contaduría General de la Provincia el pago en Letras de Tesorería para
Cancelación de Obligaciones y Bonos de Cancelación de Obligaciones, el rescate
y la consolidación de deudas.
- TAREAS DE LOS DEPARTAMENTOS
- DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACIÓN FINANCIERA -
- DIRECCION DE COORDINACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA -
- DEPARTAMENTO COORDINACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA -
1 - Coordinar las proyecciones financieras con las áreas competentes del Ministerio de Economía.
2 - Elaborar los estados de Movimientos de Fondos proyectados.
3 - Producir informes de base para el seguimiento y control del Presupuesto de Caja.
4 - Identificar y determinar áreas generadoras de información relevante y coordinación con dichas fuentes de información.
5 - Capturar información para la elaboración de información estadística.
6 - Organizar, definir y clasificar la información para la elaboración de estadísticas.
7 - Implementar métodos estadísticos para el procesamiento de los datos que permitan enfrentar la incertidumbre, obteniendo mayor precisión en la búsqueda de la probabilidad de ocurrencia de los hechos.
8 - Desarrollar bases estadísticas que posibiliten la definición de indicadores de gestión para la evaluación de las diferentes actividades inherentes a la programación financiera.
9 - Definir los indicadores de gestión para la medición de los resultados, en su incidencia en las acciones financieras de los distintos organismos y dependencias.
10 - Realizar Mediciones Probabilísticas y Estimaciones de ocurrencia de los hechos y la consecuente obtención de informes de gestión.
- TAREAS DE LOS DEPARTAMENTOS -
- DIRECCION GENERAL TECNICO CONTABLE -
- DIRECCION DE CONTABILIDAD -
- DEPARTAMENTO REGISTRACIÓN Y BALANCE -
1 - Listar y analizar los Balances Mensuales y Acumulados por cuenta y concepto.
2 - Obtener los reportes correspondientes a cualquier cuenta corriente, realizando controles por muestreo o suministro de información ( por concepto o cuenta).
3 - Listar inventario de expedientes de pago y control de las existencias físicas.
4 - Llevar el archivo completo de Proveedores con documentación de la Dirección Provincial de Rentas y la A. F. I. P.
5 - Confeccionar los estados contables mensuales y /o anuales que produce el Organismo sobre Exigibilidades, Movimientos de Fondos, Sumas y Saldos, Egresos Mensuales por Concepto, e Ingresos y Egresos Mensual y/o Acumulado Anual por Concepto mediante sistema computarizado.
- DEPARTAMENTO MOVIMIENTO DE FONDOS Y EXIGIBILIDADES -
1 - Registrar diariamente todas las Ordenes de Pago remitidas para su cancelación.
2 - Listar las Exigibilidades ingresadas y verificar los números de cuenta corriente de los acreedores con los expedientes de pago.
3 - Listar los asientos diarios de Ingresos por cuenta y concepto, controlando con el listado de Autorizaciones de Pago.
4 - Controlar los Libros Cajas provisorios en forma diaria y listar los Asientos de Pagos una vez recepcionados los Libros Cajas definitivos.
5 - Registrar las distintas operaciones en el sistema de contabilidad.
6 - Producir los reportes de base para la elaboración de pronósticos financieros.
7 - Producir los reportes sobre información contable que requiera la Superioridad.
8 - Analizar, confeccionar, registrar y archivar toda operación contable de ingresos y egresos de fondos que surjan de operaciones de canjes, reapropiaciones, ajustes, etc., previa verificación de datos suministrados por otras direcciones.
- TAREAS DE LOS DEPARTAMENTOS -
- DIRECCION GENERAL TECNICO CONTABLE -
- DIRECCION DE PROGRAMACION DE EROGACIONES -
- DEPARTAMENTO PLANIFICACION Y CONTROL DEL SECTOR PUBLICO -
1 - Recibir y procesar la documentación que ingresa al Sector de conformidad a la clasificación conceptual del gasto, controlando las Ordenes de Pago y verificando que se ajusten a los requisitos legales sobre la materia.
2 - Confeccionar por cada acreedor Nomenclatura Presupuestaria para los rubros: Direcciones de Administración, Municipalidades, Organismos Descentralizados y Varios, de acuerdo a la documentación remitida por la Contaduría General de la Provincia a los fines de su clasificación.
3 - Determinar la forma de cancelación de las Ordenes de Pago (pesos, Bonos y/o Letras de Cancelación de Obligaciones).
4 - Procesar la documentación recibida de la Contaduría General de la Provincia y remitirla al Departamento Movimiento de Fondos y Exigibilidades para su contabilización.
5 - Confeccionar los planes de pago correspondientes al sector público de conformidad con las directivas emanadas del Tesorero General.
6 - Preparar en tiempo y forma la documentación de pago para el cumplimiento de convenios de las obligaciones y remisión a la Dirección de Recursos, Afectaciones y Erogaciones del Tesoro para su efectivización.
- DEPARTAMENTO HABERES DEL SECTOR PUBLICO -
1 - Recepcionar y clasificar las Ordenes de Pago correspondientes a Haberes del Personal, previamente codificadas por el Departamento de Planificación y Control del Sector Público.
2 - Procesar dichas Ordenes de Pago de acuerdo con el cronograma establecido por la Provincia.
3 - Recopilar, registrar y archivar los datos necesarios a fin de confeccionar los Estados de Gastos en Personal, que constituyen información de base para la elaboración de pronósticos financieros, para el seguimiento y control presupuestario, y para la toma de decisiones de las distintas reparticiones vinculadas a la Tesorería General.
4 - Clasificar y registrar las Ordenes de Pago correspondientes a las contribu- ciones y aportes del personal de las distintas reparticiones a favor de los Organismos Previsionales y Asistenciales.
5 - Diagramar las entregas de fondos y su correspondiente afectación a Ordenes de Pago, determinando la forma de cancelación de dichas obligaciones (Pesos, Patacones, Lecop, etc.).
6 - Confeccionar informes periódicamente sobre las entregas de fondos y el estado de deuda según la oportunidad que requiera el caso, a solicitud de los distintos sectores internos y jurisdicciones vinculadas a la Tesorería General.
7 - Recepcionar, clasificar y procesar las Ordenes de Pago vinculadas con Gastos en Personal, a fin de proceder a su correspondiente planificación de pago de acuerdo a las disponibilidades financieras y a las autorizaciones emanadas del Tesorero General.
8 - Conciliar con las distintas reparticiones vinculadas con la Tesorería General las entregas de fondos al cierre de cada ejercicio.
- DEPARTAMENTO BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES -
1 - Recibir y procesar la documentación que ingresa al Sector de conformidad con la clasificación conceptual del gasto.
2 - Controlar las Ordenes de Pago, verificando que se ajusten a los requisitos legales sobre la materia.
3 - Confeccionar por cada acreedor Nomenclatura Presupuestaria y Razón Social, para los rubros: Proveedores, Contratistas y Servicios Públicos, de acuerdo con la documentación remitida por la Contaduría General de la Provincia a los fines de su clasificación.
4 - Determinar el instrumento de cancelación de las Ordenes de Pago ( pesos, Bonos y/o Letras de Cancelación de Obligaciones).
5 - Procesar la documentación recibida y enviarla al Departamento Movimiento de Fondos y Exigibilidades para su contabilización.
6 - Confeccionar los planes de pago correspondientes al sector privado, de conformidad a las directivas emanadas del Tesorero General.
7 - Verificar en cada caso el número de inscripción a los fines impositivos.
8 - Clasificar las Ordenes de Pago por número de CUIT, fecha de vencimiento y agruparlas por acreedor y remitirlas a la Dirección de Recursos, Afectaciones y Erogaciones del Tesoro para su efectivización.
. - TAREAS DE LOS DEPARTAMENTOS -
- DIRECCION GENERAL TECNICO EJECUTIVA -
- DIRECCION DE REGISTRACION Y RENDICION DE CUENTAS DEL TESORO -
- DEPARTAMENTO BALANCES Y RENDICIONES -
1 - Analizar la documentación diaria de los pagos efectuados por el Departamento Efectivización de Egresos, registrar los pagos y movimientos de fondos en el Libro de Caja, verificando su emisión y su contenido.
2 - Controlar con la Contaduría General de la Provincia las operaciones realizadas y la existencia, al cierre de cada día, de fondos y valores depositados y/o debitados en las Cuentas Fiscales en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, a la orden de la Tesorería General de la Provincia.
3 - Confeccionar diariamente el resumen de las existencias en efectivo y valores y detallar los pagos según clasificación de Tesorería General para elevar al Titular de la Dirección.
4 - Ordenar los expedientes pagados por fecha y número de Orden de Caja.
5 - Rendir la documentación de los pagos e ingresos del día a la Contaduría General de la Provincia para su control y posterior revisión final por parte del H. Tribunal de Cuentas, juntamente con el Balance de Ingresos y Egresos rubricado, verificando que los movimientos registrados en el Balance estén respaldados con la documentación pertinente.
6 - Suministrar al Departamento Técnico Impositivo la información diaria, quincenal y mensual necesaria, resultante de operaciones registradas en cada uno de los períodos indicados, a los fines de proceder a realizar el depósito de las retenciones practicadas oportunamente según lo establezcan las reglamentaciones vigentes.
7 - Comunicar al Departamento Contralor Bancario sobre las operaciones realizadas diariamente, detallando total de Ingresos, total de Cheques Pagados, Transferencias y Saldos de Caja por cuenta bancaria.
- DEPARTAMENTO CONTRALOR BANCARIO -
1 - Llevar en forma actualizada y ordenada los registros, libros de cuentas bancarias, ficheros, etc., en los que se asienten los movimientos de ingresos y egresos de las cuentas bancarias.
2 - Formular diariamente la conciliación de saldos de las cuentas bancarias del Tesoro.
3 - Confeccionar el resumen mensual de retenciones por embargos judiciales que se practiquen al personal de la Administración Central.
4 - Elaborar la información relativa a depósitos, transferencias de fondos, valores, etc., a requerimiento de la Superioridad.
5 - Controlar con el Banco de la Provincia todo lo referente a las cuentas corrientes oficiales, con la respectiva documentación de débitos y créditos efectuados por el Banco de la Provincia de Buenos Aires.
6 - Elaborar informe final de Conciliación Bancaria al cierre del ejercicio, de todas las cuentas, para su rendición al H. Tribunal de Cuentas previo control por parte de la Contaduría General de la Provincia.
7 - Confeccionar expedientes para su remisión al sector correspondiente, de todos los débitos y créditos bancarios de los que no se conoce su concepto.
- TAREAS DE LOS DEPARTAMENTOS -
- DIRECCION GENERAL TECNICO EJECUTIVA -
- DIRECCION DE RECURSOS, AFECTACIONES Y EROGACIONES DEL TESORO -
- DEPARTAMENTO LIQUIDACIONES -
1 - Proceder a la liquidación de las órdenes de pago aplicando las normas contables e impositivas vigentes.
2 - Proceder al cálculo de intereses por atrasos en el pago de la deuda.
3 - Confeccionar los cheques, Letras de Tesorería, Pagarés u otros documentos de efecto cancelatorio que emita el Organismo.
4 - Elevar a la firma del Tesorero General las liquidaciones efectuadas conjuntamente con los cheques u otros medios de pago y documentación respectiva y remitir posteriormente a la Contaduría General de la Provincia para su intervención.
5 - Controlar los saldos de las Ordenes de Pago por los montos no pagados.
6 - Imprimir a través del sistema computarizado las órdenes de pago de combustibles y lubricantes (O.P.I.).
7 - Mantener actualizado el registro de las ORDENES DE PAGO INTRANSFERIBLES (O.P.I.), vinculadas a la provisión de combustibles y lubricantes a las distintas Jurisdicciones de la Administración Pública, verificando la correcta libranza de las mismas y conciliando los saldos con la cuenta bancaria respectiva.
- DEPARTAMENTO EFECTIVIZACION DE EGRESOS -
1 - Verificar, con la liquidación practicada, la correcta libranza de los cheques u otros documentos de pago emitidos y/o comprobantes de deducciones o retenciones.
2 - Formular las notificaciones y/o citaciones que correspondiere a los titulares de los créditos que se encuentran al pago.
3 - Constatar la titularidad de los acreedores por los fondos a percibir.
4 - Efectivizar la entrega de los cheques, Letras de Tesorería u otros documentos de pago a los titulares respectivos.
5 - Remitir al Departamento Balances y Rendiciones la documentación correspondiente a los ingresos y pagos del día.
6 - Suministrar al público la información que requiera referente a sus créditos, sistemas de consolidación de deudas y retiro de certificación de los créditos en Bonos de Cancelación de Obligaciones.
- TAREAS DE LOS DEPARTAMENTOS -
- DIRECCION GENERAL TECNICO EJECUTIVA -
- DIRECCION JURÍDICA Y TECNICO IMPOSITIVA -
- DEPARTAMENTO JURIDICO Y CESION DE CREDITOS -
1 - Llevar registros y certificar prendas, cesiones, poderes, contratos, embargos , inhibiciones, transferencias o cualquier interdicción registrada sobre la titularidad de los créditos a pagar.
2 - Requerir la información necesaria para poder efectuar la asistencia legal que se necesite a tales fines en las distintas Direcciones del Organismo.
3 - Confeccionar los convenios que celebre la Tesorería General con los acreedores del Estado.
4 - Asesorar en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas que afecten al Organismo; como así también en aquellas situaciones que necesiten de una intervención con los demás entes oficiales o privados.
5 - Contestar oficios judiciales.
6 - Proceder a la codificación de los expedientes y a la liquidación de expedientes de pago, identificando aquellos afectados.
7 - Proceder al rescate de Certificados de Crédito Fiscal (Ley 10448).
8 - Mantener actualizado el conjunto de normas legales de interés para el Organismo.
- DEPARTAMENTO TECNICO IMPOSITIVO -
1 - Verificar la codificación de los expedientes de pago para autorizar su liquidación.
2 - Aplicar las normas legales vigentes inherentes a la función de agente de retención de impuestos que cumple el Organismo.
3 - Coordinar con la Administracin Federal de Ingresos Públicos ( AFIP) y la Dirección Provincial de Rentas la información de retenciones y depósitos impositivos.
4 - Llevar actualizados los registros de normas impositivas.
5 - Controlar la aplicación de las normas impositivas en los pagos que efectúe el Organismo.
- DEPARTAMENTO TITULOS Y VALORES -
1 - Llevar los registros de las emisiones de Bonos, Títulos y Valores Provinciales.
2 - Ejercer la custodia
de los Bonos, Títulos y Valores Provinciales y proceder
al rescate de los mismos.
3 - Coordinar con la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía el pago en Bonos de Consolidación.
4 - Informar al Banco de la Provincia de Buenos Aires la remisión a la Caja de Valores S.A. de la documentación correspondiente de las emisiones de bonos.
5 - Llevar los registros de cuentas y saldos de títulos y bonos en los que ejerza el control la Tesorería General de la Provincia.
6 - Informar las acreditaciones, a los tenedores de Bonos de Cancelación de Obligaciones, a la Contaduría General de la Provincia y al Ministerio de Economía respectivamente.
- TAREAS DE LOS DEPARTAMENTOS -
- DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION -
- DIRECCION DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y CONTABLE -
- DEPARTAMENTO PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y SUELDOS -
1 - Realizar el
Anteproyecto de Presupuesto del Ejercicio de acuerdo con la legislación
vigente.
2 - Contabilizar las erogaciones del Organismo, controlando la ejecución
presupuestaria
y realizar los informes requeridos para la Dirección Provincial de Presupuesto y a la Contaduría General de la Provincia; confeccionando los anexos respectivos.
3 - Imputar todos los
gastos realizados en el Organismo, confeccionando las Ordenes de Pago
correspondientes a la Caja Chica.
Efectuar la liquidación de pago a proveedores por adquisiciones realizadas en
la Jurisdicción, contabilizando su apropiación presupuestaria y confeccionando
las respectivas órdenes de pago.
4 - Liquidar los haberes del personal del Organismo, efectuando los ajustes mensuales de altas, bajas o modificaciones en movimientos de personal, de acuerdo con las comunicaciones realizadas por el Departamento Personal, y/o instructivos de los Organismos de Contralor. Liquidación de adicionales en materia de viáticos, reclamos, renuncias, servicios extraordinarios, etc. Confeccionar certificaciones.
5 - Generar los expedientes correspondientes a la liquidación mensual de haberes, aportes y contribuciones con sus respectivos pedidos de fondos y declaraciones juradas.
6 - Solicitar al Banco de la Provincia de Buenos Aires la apertura y cierre de las Cajas de Ahorro correspondientes al personal de planta permanente, temporaria y prácticas rentadas.
7 - Disponer la apertura de créditos presupuestarios originales, transferencia de partidas, ampliaciones, reducciones y registrar los mismos.
8 - Efectuar los cierre de ejercicio, agrupando los anexos correspondientes, residuos pasivos con y sin libramiento de pago y realizar el registro analítico definitivo de la ejecución para su remisión a la Dirección Provincial de Presupuesto y a la Contaduría General de la Provincia.
9 - Atender los intereses
de la deuda de la Tesorería General de la Provincia.
Afectar el gasto y confeccionar la orden de pago correspondiente.
10 - Elaborar la programación presupuestaria bimestral, analizando la proyección del gasto de los respectivos meses y administrar el crédito de los gastos que se ocasionan en el Organismo en forma bimestral.
- DEPARTAMENTO TESORERIA Y RENDICIONES -
1 - Registrar y efectuar los pagos con arreglo al libramiento de Ordenes de pago correspondientes a contratistas, proveedores y personal del Organismo.
2 - Realizar el cálculo de las retenciones de impuesto a las ganancias correspondientes al personal de la repartición, sus respectivas declaraciones juradas anuales, información mensual a la A.F.I.P. (sicore) y presentación de las mismas.
3 - Efectuar los depósitos por las retenciones de sueldos, impuestos a las ganancias, impuestos a los ingresos brutos y otras retenciones varias. Librar órdenes de pago extra-presupuestarias.
4 - Registrar el movimiento diario de las distintas cuentas corrientes bancarias del Organismo y conciliar los movimientos diarios con resúmenes bancarios y con los partes de movimientos de fondos.
5 - Presentar mensualmente, ante la Contaduría General de la Provincia, el estado mensual de COPRES, saldos bancarios disponibles y efectivos, resumen bancario, conciliaciones y certificaciones de saldos. Administrar el sistema COPRES en lo atinente al consumo del Organismo.
6 - Registrar y contabilizar en el sistema de movimiento de fondos (contable, tesorería y bancos) y el pagado del sistema presupuestario.
7 - Efectuar la entrega de fondos en favor de titulares habilitados para el manejo de cajas chicas y sus posteriores reintegros contra la presentación de rendiciones de cuentas. Arqueo de caja al cierre mensual.
8 - Administrar la recepción de fondos de la Tesorería General, efectuar el pedido de los mismos y su aplicación.
9 - Confeccionar las rendiciones de cuentas mensuales y los anexos correspondientes al cierre mensual y al cierre anual, para su posterior presentación ante la Contaduría General de la Provincia.
- DEPARTAMENTO PERSONAL -
1 - Administrar y controlar al personal conforme al sistema legal vigente, en lo referente a: régimen horario, asistencia, licencias y obligaciones.
2 - Confeccionar los Planteles Básicos y Estructuras Orgánicas de la Jurisdicción, atendiendo sus posteriores modificaciones.
3 - Intervenir en los movimientos del personal, proyectando los actos administrativos referentes a nombramientos, renuncias, jubilaciones, etc., de los agentes.
4 - Centralizar el archivo de Leyes, Decretos Nacionales y Provinciales y toda otra documentación referida al personal.
5 - Canalizar las tareas referentes a la carrera administrativa, atendiendo los mecanismos establecidos para ascensos por concurso, traslados, etc.
6 - Confeccionar y
mantener actualizados los legajos de los agentes del Organismo.
7 - Relevar las necesidades de capacitación y coordinar las acciones necesarias
con el organismo provincial competente.
- DEPARTAMENTO CONTRATACIONES Y PATRIMONIO -
1 - Programar y proponer las adquisiciones de bienes, corrientes y de capital.
2 - Centralizar, controlar y actualizar el Registro Patrimonial del Organismo.
3 - Realizar la confección, control y registro de Ordenes de Compra del sistema centralizado de la Contaduría General de la Provincia, de las adquisiciones de bienes y/o servicios, en la Tesorería General.
4 - Programar y efectivizar los llamados a concurso y apertura de ofertas de las licitaciones por adquisiciones de bienes y/o servicios.
5 - Recibir, controlar y tramitar la cancelación de facturas por adquisiciones realizadas en el Organismo.
6 - Confeccionar y mantener actualizado el Registro de Proveedores del Organismo.
7 - Recepcionar y remitir órdenes de trabajo de imprenta.
8 - Recepcionar y controlar los bienes adquiridos y mantener el depósito de los mismos.
- DEPARTAMENTO MESA DE ENTRADAS -
1 - Recibir toda actuación destinada al Organismo, debiendo controlar el cumplimiento de las normas de procedimiento administrativo y las disposiciones fiscales que correspondan.
2 - Clasificar por concepto y distribuir las actuaciones, a las dependencias que correspondan.
3 - Confeccionar los partes de movimiento diario, mensual y anual de ingreso de expedientes. Realizar estadísticas.
4 - Evacuar consultas e informes, a proveedores, contratistas, Organismos oficiales, Municipios, etc., de las bases de datos generadas a tal efecto para el Ejercicio vigente y anteriores, sobre pagos realizados y/o a realizarse, actuaciones, etc.
5 - Enviar las actuaciones a su destino con la correspondiente emisión de remito por sistema computarizado; despachar la correspondencia que produce el Organismo y control de la facturación correspondiente.
6 - Coordinar y controlar con la Contaduría General de la Provincia el ingreso de expedientes de pago, informes, etc., en el sistema computarizado que interconecta a los dos Organismos.
- DEPARTAMENTO SERVICIOS AUXILIARES Y AUTOMOTORES -
1 - Organizar los servicios de limpieza y cuidado de las distintas dependencias e instalaciones, gestionando las reparaciones necesarias para el buen funcionamiento de la misma.
2 - Organizar el servicio de diligenciamiento de la documentación dentro y fuera de la Tesorería General.
3 - Programar y controlar el mantenimiento integral de los automotores al servicio de los funcionarios y servicios generales, controlando los gastos y consumos que ocasionan, gestionando el patentamiento, seguro y reparación de los mismos.
4 - Llevar en forma ordenada el archivo general del Organismo.
5 - Atender el mantenimiento de los bienes muebles, equipos de aire acondicionado, máquinas, etc.
6 - Organizar el funcionamiento de ordenanza dentro del Organismo para la atención de funcionarios y personal.
7 - Atender el sistema de seguridad en lo inherente a siniestros, y control de los servicios de vigilancia, etc.
8 - Controlar el cronograma de provisión de vestimenta al personal del sector y su posterior utilización.
- TAREAS DE LOS DEPARTAMENTOS -
- DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION -
- DIRECCION DE SISTEMAS E INFORMATICA -
- DEPARTAMENTO ATENCION A USUARIOS -
1 - Recibir los requerimientos de usuarios.
2 - Evacuar la información solicitada por los usuarios.
3 - Evaluar y analizar el
diseño e implementación de nuevos sistemas o modificar los ya existentes.
4 - Interrelacionar en forma permanente con el Departamento de Usuarios de la
Contaduría General de la Provincia u otros Organismos.
5 - Colaborar con los usuarios en tareas de producción.
6 - Auditar los sistemas implementados.
- DEPARTAMENTO DE ANALISIS Y PROGRAMACION -
1 - Relevar los requerimientos de información, datos utilizados y tratamiento a dar a los mismos conformando de esta manera el relevamiento de sistemas.
2 - Analizar y diseñar sistemas.
3 - Programar y desarrollar sistemas.
4 - Implementar y poner en marcha los sistemas.
5 - Documentar los sistemas.
6 - Diseñar, mantener y administrar la Base de Datos y Usuarios.
7 - Seleccionar plataformas de desarrollo sobre la base de las tecnologías más modernas y/o convenientes, para el software elaborado en el sector.
- DEPARTAMENTO DE EQUIPAMIENTO Y OPERACIONES -
1 - Planificar la red (LAN).
2 - Mantener la red ( LAN).
3 - Definir y desarrollar procesos automáticos.
4 - Mantener, instalar y
configurar:
- Servidores
- Terminales de Trabajo
- Dispositivos de red
- Dispositivos de impresión y/o procesamiento de imágenes.
- Dispositivos de almacenamiento de datos.
5 - Instalar y/ o configurar los vínculos con otros organismos y con la Internet Provincial.
6 - Administrar la seguridad de la red.
- TAREAS DE LOS DEPARTAMENTOS -
- DIRECCION GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y DESPACHO-
- DEPARTAMENTO DESPACHO -
1 - Recibir, expedir, tramitar y distribuir las actuaciones relacionadas al despacho de las Autoridades Superiores.
2 - Centralizar y confeccionar la información del despacho diario, resoluciones y disposiciones internas del Organismo.
3 - Clasificar los expedientes de pago conforme su vencimiento y disponibilidad de flujo de fondos dispuesto por el señor Tesorero General e incorporar al sistema informático las autorizaciones de pago dispuestas por el Titular del Organismo.
4 - Intervenir en la tramitación de actuaciones que asuman compromisos financieros futuros.
5 - Organizar la recepción y atención de audiencias de los distintos funcionarios. Ceremonial y Protocolo.
6 - Centralizar el archivo de Leyes, Decretos Nacionales y Provinciales, Resoluciones, Disposiciones, Memorandos, Notas e Informes del año en curso.
ANEXO VI
ANEXO VI I
ANEXO XII
La presente Estructura Orgánico - Funcional se financiará con recursos provenientes de Rentas Generales.
ANEXO X
Proveedores y Licitadores
del Estado Provincial (Rubro Correspondiente).
C.C. 10.569 - nov. 24 v. nov. 26