DECRETO 1850/84
Colegio de Bioquímicos - Elecciones - Modificación del Decreto 7628/75 Reglamentario de la Ley 8271.
LA PLATA, 26 de MARZO de 1984.
ARTÍCULO 1.- Incorpórase como segundo párrafo del artículo 5 del Decreto 7628 de fecha 3 de Octubre de 1975 Reglamentario de la Ley 8271 de creación del Colegio de Bioquímicos de la Provincia de Buenos Aires, el siguiente:
“En el supuesto que cualquiera fuere el motivo, quedare oficializada una sola lista, el tribunal electoral, si así se lo solicitare fundadamente el Consejo Directivo, podrá obviar el acto del sufragio y proclamar a los integrantes de aquélla como si hubiesen sido electos”.
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, etc.