LEY 14878

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1°.- Declárase Ciudadano Ilustre de la Provincia de Buenos Aires, en el marco de lo establecido por el artículo 4° de la Ley N° 14622, al señor Diego Armando Maradona, emblema del deporte argentino.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los treinta días del mes de noviembre de dos mil dieciséis.