DECRETO 443/79

 

La Plata, 15 de marzo de 1979. 

 

Visto el decreto nº 2569/78, por el cual se encomendó al Ministerio de Gobierno el estudio y la implementación de un sistema de comunicaciones que vinculara el Gobierno Central de la Provincia con los Municipios, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que como resultado de las evaluaciones realizadas conviene radicar dicho sistema en el área de la Secretaría de Inteligencia de la Gobernación;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.- Encomiéndase a la Secretaría de Inteligencia de la Gobernación la implementación de un sistema de comunicaciones que vincule al Gobierno Central con organismos oficiales del interior provincial, para lo cual dicha Secretaría queda autorizada para hacer uso y requerir la transferencia de los bienes y equipos actualmente registrados en el patrimonio de la Dirección de Telégrafos, que resulten de utilidad al objetivo enunciado.

 

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el  señor  Ministro  Secretario en el Departamento de Gobierno.

 

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.