Fundamentos de la
Ley 14053
HONORABLE LEGISLATURA:
Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se procura el encuadre normativo del programa PROAS.
La iniciativa, autoriza al Poder Ejecutivo a contraer endeudamiento por hasta la suma de U$S 65.000.000, en el marco del Programa de Agua Potable y Saneamiento para Comunidades Menores (PROAS) que se ejecuta a través del Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENHOSA) y con recursos provenientes del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) – Préstamo BID 1895/OC-AR -.
Si bien, tal autorización fue
conferida por el artículo 97 de
La norma se completa con disposiciones instrumentales tendientes a asegurar la correcta ejecución del programa, esto es, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias y la facultad de aplicar mecanismos y procedimientos administrativos contables acordes a la especificidad del Programa, que contempla los siguientes objetivos específicos a saber:
1.
Mejorar las condiciones de vida de localidades de
2. Apoyar a los entes beneficiarios prestadores de servicios a mejorar su capacidad técnica, operativa y de gestión.
3. Mejorar la calidad de vida de los habitantes proveyendo de agua potable y sistemas de saneamiento.
4. Promover las actividades productivas del sector privado que favorezcan la generación de empleo.
Dichos objetivos se hallan desagregados en los componentes del programa base del acuerdo de préstamo, sintetizados en:
a) Financiamiento de Obras de Agua Potable y Desagües Cloacales.
b) Estudios y Diseños, destinados a la evaluación y formulación de proyectos.
c) Supervisión y Administración, destinado a la correcta ejecución de los recursos.
d) Terrenos y Servidumbres.
e) Apoyo Técnico y Capacitación.
f) Educación Sanitaria y Ambiental.
Debe destacarse que las condiciones de la operación son marcadamente convenientes a los intereses provinciales.
Con lo expresado precedentemente queda plasmada una síntesis substancial de los objetivos del programa cuya consecución habrá de ajustarse a los parámetros resultantes del proyecto.
A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto.
Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.