DECRETO 654/04

La Plata, 2 de abril de 2004.


Visto: El Expediente Nº 2408-14.722 de 1999 alcance 3, del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, por el que la ex Administración General de Obras Sanitarias (hoy Autoridad del Agua) gestiona la regularización dominial del inmueble ubicado en el partido de Bahía Blanca, designado catastralmente como: Circunscripción IV, Parcela 16c, deslindado por Plano 7-180-79, Superficie 4Ha. 14a. 24Ca., encontrándose su dominio inscripto con el nº 70.512 - Folio 1.251 - serie A - del año 1914 a nombre del Juan Scannone, a cuyo efecto propicia aplicar lo prescripto por la Ley 21.477; y

CONSIDERANDO:

Que el referido cuerpo legal reglamenta el procedimiento a seguir para la adquisición de inmuebles por parte del Estado Provincial, determinando en su artículo 2º una serie de recaudos que consisten en probar la posesión ejercida por la Administración Provincial o sus reparticiones descentralizadas o autárquicas, luego de lo cual el Poder Ejecutivo Provincial declarará operada la prescripción adquisitiva;

Que el predio cuya regulación dominial se propicia ocupa la cloaca máxima de Bahía Blanca, la que al 21 de febrero de 1974 se encontraba en ejecución, habiéndose construido sobre terrenos de propiedad particular y paralelamente al conducto cloacal original existente de antigua data;

Que a fs. 11 y vta. el Departamento Proyectos, División Tierras y Agrimensura de la Dirección Técnica de Obras, manifiesta que el Fisco Provincial ejerce en forma plena, permanente y pacífica la posesión desde hace más de veinte años, no encontrándose registros ni documentación que permitan determinar el origen de la misma;

Que a fs. 6 obra el respectivo plano de mensura cacterística 7 - 180 - 79 que reúne los requisitos exigidos por el artículo 2º de la Ley 21.477;

Que consecuentemente, corresponde dictar el pertinente octo administrativo que declare operada la prescripción adquisitiva a favor del Fisco Provincial del bien de referencia y disponga la Intervención que le compete a la Escribanía General de Gobierno para que procede a extender la respectiva escritura traslativa de dominio (artículo 4015 del Código Civil y Ley 21.477, modificada por su similar 24.320);

Que a fs. 15 ha tomado intervención la Delegación Fiscal de la Contaduría General de la Provincia;

Que de conformidad con lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno (fs. 14 y vta. y 23) y la vista de la Fiscalía de Estado (fs. 16), procede dictar el pertinente acto administrativo;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA:


Artículo 1º: Declárase operada la prescripción adquisitiva a favor del Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del inmueble ubicado en el partido de Bahía Blanca, designado catastralmente oomo: Circunscripción IV, Parcela 16c, deslindado en el Plano 7-180-79 con una superficie de 4Ha. 14A. 24Ca., Inscripción de dominio nº 70.512 Fº1251 - Serie A - Año 1914, en el cual se ha emplazado la cloaca máxima de la localidad de Bahía Blanca.

Artículo 2º: Autorízase a la Escribanía General de Gobierno a extender la escritura traslativa de dominio a favor del Fisco Provincial del inmueble citado en el artículo 1º.

Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.

Artículo 4º: Regístrese, notifíquese al señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y vuelva al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos (Autoridad del Agua) para su conocimiento y fines pertinentes.