DECRETO-LEY 9322/79
LA PLATA, 9 de MAYO de 1979.
VISTO lo actuado en el expediente número 2916-3579/76 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 4.4. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Dónase al ESTADO NACIONAL ARGENTINO -Armada Nacional Argentina-, con todo lo plantado y adherido al suelo, una fracción de tierra fiscal ubicada en el Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, identificada catastralmente como: Circunscripción VI, Sección N, Manzana 417, Parcela 2.
ARTÍCULO 2.- Extiéndase por ante la Escribanía General de Gobierno, la pertinente escritura de protocolización de las actuaciones administrativas, con la sola comparecencia del representante legal de la donataria.
ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.