LEY 2518
Derogación de la Ley 422 sobre creación del partido de Viedma e incorporación de las tierras que fueron destinadas al mismo, al partido de Chascomús
El Senado y Cámara de Diputados, etc.
ARTICULO 1.- Derógase la Ley de 25 de Octubre del año 1864 y Decreto Reglamentario de la misma, de fecha 24 de Febrero de 1865, en la parte referente a la creación del partido de Viedma.
ARTICULO 2.- Quedan comprendidas dentro de la jurisdicción del partido de Chascomús, las tierras que por dicha Ley se adjudicaron al partido de Viedma.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.