DECRETO 1191/2024

LA PLATA, 18 de Julio de 2024

VISTO el expediente EX-2023-30439452-GDEBA-HZGAHMMSALGP del Ministerio de Salud mediante el cual tramitan diversas gestiones relativas a los/as agentes Graciela Cecilia BONFIGLI, Federico Juan ESQUER SANTOS y Alan Daniel BERDUC, y

CONSIDERANDO:

Que Graciela Cecilia BONFIGLI presentó la renuncia al cargo de Médica de Hospital “A” - Especialidad: Clínica Médica, a partir del día 1º de mayo de 2023, para acogerse a los beneficios jubilatorios;

Que, en consecuencia, se impulsa la aceptación de la referida renuncia y la limitación, a partir del 1º de mayo de 2023, de su designación como Directora Ejecutiva en el régimen laboral de Disposición Permanente del Hospital Zonal General de Agudos "Héroes de Malvinas" de Merlo, y la reserva de su cargo de revista, gestiones que fueron dispuestas oportunamente mediante Decreto Nº 405/20;

Que la agente de referencia cumple con la totalidad de los requisitos exigidos para acceder al beneficio que prevé la Ley N° 13.355, reglamentada por Decreto N° 1859/05, por lo que procede su otorgamiento;

 Que, en su reemplazo, se gestiona la designación de Federico Juan ESQUER SANTOS, a partir del 4 de mayo de 2023, como Director Ejecutivo del Hospital Zonal General de Agudos "Héroes de Malvinas" de Merlo, en el régimen laboral de Disposición Permanente, disponiendo la reserva de su cargo de revista mientras dure en el desempeño de dichas funciones;

Que, para proceder a la mentada designación, se propicia aceptar, a partir del 3 de mayo de 2023, la renuncia presentada por Federico Juan ESQUER SANTOS al cargo de Director Asociado del Hospital Interzonal General "Vicente López y Planes" de General Rodríguez, limitando a partir del mismo momento la reserva del cargo de revista del agente, ambas gestionadas formalizadas mediante Decreto Nº 919/20;

Que la Dirección de Sumarios Administrativos informa que los/as funcionarios/as salientes no registran actuaciones sumariales pendientes de resolución;

Que, finalmente, se impulsa la designación de Alan Daniel BERDUC, a partir de 4 de mayo de 2023, como Director Asociado del Hospital Interzonal General "Vicente López y Planes" de General Rodríguez, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor;

Que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto-Ley N° 8078/73 (Texto Ordenado según Ley N° 13.644), hace lugar a la solicitud de excepción de incompatibilidad con relación al cargo que ostenta Alan Daniel BERDUC en la Municipalidad de Merlo, a partir de la fecha de su designación;

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;

Que la gestión se impulsa de conformidad con los términos de los artículos 14 inciso b) y 23 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, los artículos 8°, 15, 33 y 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 3589/91, el artículo 9° de la Ley Nº 11.072 y su Decreto Reglamentario N° 135 B/2003, y la Ley N° 13.355;

Que, asimismo, corresponde exceptuar las designaciones promovidas de los alcances del primer párrafo del artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E y modificatorios;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

 EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Limitar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 - MINISTERIO DE SALUD, a partir del 1º de mayo de 2023, la designación de Graciela Cecilia BONFIGLI (DNI Nº 11.489.115 - Clase 1955) como Directora Ejecutiva del Hospital Zonal General de Agudos "Héroes de Malvinas" de Merlo, en el régimen laboral de Disposición Permanente, y la reserva de su cargo de revista en la Planta Permanente de la Carrera Hospitalaria, como Médica de Hospital “A”- Especialidad: Clínica Médica, con un régimen de cuarenta y cuatro (44) horas semanales de labor, en el Programa de Atención Ambulatoria y Domiciliaria de la Salud (AT.A.M.DO.S.) – Partido de Malvinas Argentinas, ambas gestiones oportunamente formalizadas mediante Decreto Nº 405/20.

ARTÍCULO 2°. Aceptar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 - MINISTERIO DE SALUD, a partir del 1º de mayo de 2023, la renuncia para acogerse a los beneficios jubilatorios presentada por Graciela Cecilia BONFIGLI (DNI Nº 11.489.115 - Clase 1955) al cargo en la Planta Permanente de la Carrera Hospitalaria, como Médico de Hospital “A”- Especialidad: Clínica Médica, con un régimen de cuarenta y cuatro (44) horas semanales de labor con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria en el Programa de Atención Ambulatoria y Domiciliaria de la Salud (AT.A.M.DO.S.) – Partido de Malvinas Argentinas, quien había sido designada mediante Decreto Nº 6660/88, de conformidad con el artículo 14 incisos b) y g) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528.

ARTÍCULO 3°. Certificar que Graciela Cecilia BONFIGLI (DNI Nº 11.489.115 - Clase 1955), registra una antigüedad de treinta y cuatro (34) años, diez (10) meses y diecisiete (17) días en la Administración Pública Provincial, de los cuales siete (7) años y ocho (8) meses son por Agotamiento prematuro (Decreto N° 598/15), y que ha desempeñado como mejor cargo, por el período mínimo de treinta y seis (36) meses consecutivos, el de Directora Ejecutiva en el régimen laboral de disposición permanente del Hospital Zonal General de Agudos "Héroes de Malvinas" de Merlo, computables a los fines jubilatorios en la Administración Pública Provincial, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 24 y 41 del Decreto-Ley Nº 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto Nº 600/94) y su Reglamentación aprobada por el Decreto Nº 430/81.

ARTÍCULO 4°. Otorgar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 - MINISTERIO DE SALUD, a Graciela Cecilia BONFIGLI (DNI Nº 11.489.115 - Clase 1955), la retribución especial sin cargo de reintegro prevista en la Ley N° 13.355 y modificatoria, reglamentada por Decreto N° 1859/05, por reunir los requisitos que contempla dicha normativa.

ARTÍCULO 5°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - MINISTERIO DE SALUD, a partir del 3 de mayo de 2023, la renuncia presentada por Federico Juan ESQUER SANTOS (DNI Nº 28.424.118 - Clase 1981), al cargo de Director Asociado del Hospital Interzonal General "Vicente López y Planes" de General Rodríguez con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, limitando la reserva del cargo en la Planta Permanente de la Carrera Hospitalaria, como Médico Agregado – Especialidad: Clínica Médica con orientación en Diabetología en citado nosocomio, ambas gestiones oportunamente dispuestas mediante Decreto Nº 919/20, de conformidad con lo establecido por los artículo 14 inciso b) y 23 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528.

ARTÍCULO 6º. Designar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 - MINISTERIO DE SALUD, con excepción de los alcances del primer párrafo del artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E y modificatorios, a partir del 4 de mayo de 2023, a Federico Juan ESQUER SANTOS (DNI Nº 28.424.118 – Clase 1981), en el cargo de Director Ejecutivo del Hospital Zonal General de Agudos "Héroes de Malvinas" de Merlo, en el régimen laboral de disposición permanente, de conformidad con lo establecido por el artículo 9º de la Ley Nº 11.072 de Descentralización Hospitalaria, reglamentada por Decreto Nº 135/03 B, exceptuando la medida de las condiciones determinadas en el primer y segundo párrafo de dicha norma legal.

ARTÍCULO 7°. Conceder, en la Jurisdicción 1.1.1.12 - MINISTERIO DE SALUD, a partir del 4 de mayo de 2023, la reserva del cargo de revista del agente Federico Juan ESQUER SANTOS (DNI Nº 28.424.118 – Clase 1981) como Médico Agregado – Especialidad: Clínica Médica con orientación en Diabetología en el Hospital Interzonal General "Vicente López y Planes" de General Rodríguez, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, mientras se desempeñe como Director Ejecutivo del Hospital Zonal General de Agudos "Héroes de Malvinas" de Merlo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de la Ley Nº 10430 (Texto Ordenado - Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10528, manteniendo el régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y el beneficio de bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria por haberse desempeñado como Director Asociado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Reglamentación de la Ley Nº 10.471, aprobada por el Decreto Nº 3589/91.

ARTÍCULO 8º. Designar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 - MINISTERIO DE SALUD, a partir del 4 de mayo de 2023, a Alan Daniel BERDUC (DNI Nº 24.435.748 – Clase 1975) en el cargo de Director Asociado del Hospital Interzonal General "Vicente López y Planes" de General Rodríguez, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, de conformidad con lo establecido por el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528, exceptuando la medida de los alcances del primer párrafo del artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E y modificatorios.

ARTÍCULO 9º. Dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto-Ley N° 8078/73 (Texto según Ley N° 13644), hace lugar a la solicitud de excepción de incompatibilidad efectuada por Alan Daniel BERDUC (DNI Nº 24.435.748 – Clase 1975), con relación al cargo que ostenta en la Municipalidad de Merlo, a partir de la fecha de su designación.

ARTÍCULO 10. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente con imputación a la Jurisdicción 1.1.1.12: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 100 - Programa: 3 – Subprograma: 0 – Actividad: 1 - Ubicación Geográfica: 999 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria - “Bonificaciones” – Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley N° 15394, prorrogado para el Ejercicio 2024 por Decreto Nº 12/24.

ARTÍCULO 11. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y Gobierno.

ARTÍCULO 12. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Nicolas Kreplak, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.