LEY 5522

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Acuérdase la suma de doscientos mil pesos moneda nacional ($ 200.000m/n), en concepto de subsidio y por esta única vez, al Colegio “Nuestra Señora de Luján”, del partido del mismo nombre, para ampliaciones y refecciones del edificio que ocupa.

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de esta Ley se imputará a la Ley Nº 5142, Rubro I, Capítulo XIII, Ítem 1.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.