FUNDAMENTOS DE LA LEY 14962
Mediante el presente proyecto de ley se propone la creación de un registro provincial de adhesiones a normas nacionales, que de manera ágil y sencilla permita conocer con certeza y precisión, si la provincia de Buenos Aires adhirió efectivamente a normas emanadas del Estado nacional y si como consecuencia de ello las incorporó al derecho público interno. Información imprescindible para exigir el cumplimiento sus contenidos.
Actualmente existe una dificultad práctica para conocer esas circunstancias, lo cual no solo genera inconvenientes a sus destinatarios y beneficiarios de sus disposiciones, sino que también dificulta la tarea de los legisladores en su labor parlamentaria y la actividad de los jueces a la hora de resolver en derecho los casos sometidos a su conocimiento y que implican en numerosos supuestos, la aplicación de este derecho que forma parte del orden jurídico provincial.
El mantenimiento de la situación actual, cuyo cambio se persigue, impide conocer el derecho vigente. No solo afecta a la esfera provincial, sino que también en numerosas materias irradia sus efectos hacia el interior de los 135 municipios que conforman el vasto territorio bonaerense.
Por otro lado, no puede soslayarse que la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, en reiterada jurisprudencia viene afirmando que quien invoca en sustento de su pretensión una norma jurídica local, debe acreditar su existencia y vigencia (SCBA, causas B-63.590, del 05/03/2003, “Saisi, Griselda c/ municipalidad de General Rodríguez s/ acción de amparo”; B-55.010, del 12/11/2003, “Chaina, Rodolfo c/ municipalidad de Tigre s/ demanda contencioso administrativa”; B-56.618, del 04/10/2006.
“Oviedo, Aleja c/ provincia de Buenos Aires (Instituto de Previsión Social) s/ demanda contencioso administrativa”; B-65.861, del 10/10/2007, “Círculo Jubilados y Pensionados del Banco Pcia. de Bs. As. y Unión de Jubilados del Banco Pcia. de Bs. As. c/ Pcia. de Bs. As. y Banco de la Pcia. de Bs. As. s/ Amparo. Tercero: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Pcia. de Bs. As.”; B-69.722, del 15/10/2008, “Porretti, Roberto Martín c/ Concejo Deliberante de Pinamar s/ Conflicto art. 196 Const. Prov.”; entre muchas otras).
En igual orientación, en numerosas oportunidades sostuvo que “el principio según el cual los jueces conocen el derecho -iura novit curia- no se extiende a la totalidad de las reglamentaciones locales que, al igual que el derecho extranjero, les resulta imposible conocer” (SCBA, causa B-64.188, del 21/03/2012, “Machado, Ricardo José c/ municipalidad de Moreno s/ demanda contencioso administrativa”). Quien no logre demostrar la existencia y vigencia de la norma, correrá con las consecuencias negativas derivadas de la carga de la prueba.
La práctica ha demostrado la utilidad de los registros con bases de datos depuradas y actualizadas, que no solo permiten conocer con precisión y certeza la legislación vigente, sino que además garantizan una correcta difusión del derecho a la ciudadanía en su conjunto. En tal sentido, la Ley 14.491 -BO del 27/02/2013- realizó una enorme contribución con la creación del Registro Provincial de Adhesiones a Normas de la Provincia de Buenos Aires (RANOP). Si bien su campo de actuación queda limitado a los municipios, ahora proponemos ampliarlo para tener un universo completo del derecho local integrado por las normas incorporadas a través del mecanismo de adhesión referenciado.
Por las consideraciones expresadas, solicitamos a los señores legisladores que acompañen el proyecto con su voto favorable.