LEY 4492
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Apruébase la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 27 de marzo de 1936, por la que se autorizó a la Contaduría General de la Provincia para afectar las partidas del Presupuesto vigente en 1936 que deban atenderse con el “Fondo de Vialidad”, apartándose de la regla establecida por el artículo 63 de aquél y efectuándose los correspondientes pagos en la medida de los recursos contabilizados para el mencionado fondo.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.