DEPARTAMENTO DE LA PRODUCCION Y EL EMPLEO

 

DECRETO 549/97

 

La Plata, 19 de marzo de 1997.

 

VISTO el Decreto 2238/92 ratificado por Ley 11483 y su Decreto Reglamentario 3041/94, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto 3041/94 se extiende la competencia del Instituto Provincial de Acción Cooperativa a la promoción de distintas expresiones del asociativismo y la cooperación empresaria en general, que entre ellas menciona concretamente a las mutuales, con más las asociaciones, fundaciones, organismos económicos sindicales con una actividad económica de bien común.

 

Que por otra parte, en el orden nacional se ha dispuesto la fusión de los distintos institutos con competencia en cooperativas y mutuales, hoy INACyM (ex INAC e INAM).

 

Que teniendo en cuenta el criterio de racionalización del Estado resulta adecuado coordinar las distintas políticas referidas al asociativismo en un solo organismo, dotando de mayor eficiencia práctica los cursos de acción y programas específicos;

 

Que asimismo ello redundará en economía de recursos, toda vez que se unifican los distintos organismos con competencia en el tema;

 

Que el IPAC, se encuentra en condiciones de asumir esta responsabilidad con la estructura y recursos humanos con que cuenta, sin que esto implique más gastos para el fisco provincial.

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Las diversas estructuras gubernamentales coordinarán con el Instituto Provincial de Acción Cooperativa todas las acciones referidas a la promoción, capacitación y asesoramiento cooperativo y de otras modalidades asociativas solidarias, tales como las mutuales, organismos económicos sindicales y las asociaciones y fundaciones con una actividad económica de bien común.

 

ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Producción y Empleo.

 

ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y archívese.