DECRETO 278/2024

LA PLATA, 18 de Marzo de 2024

VISTO el expediente EX-2023-47243443-GDEBA-DPTRHMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual por el cual tramita la designación de María del Pilar GALASSI en el Ente Descentralizado Hospital Red Provincial en Salud Mental y Consumos Problemáticos con Base en la Comunidad, con prestación de servicios en el Centro de Prevención a las Adicciones (C.P.A.) de Roque Pérez, y

CONSIDERANDO:

Que atento lo establecido por Resolución Nº 3526/22 del Ministerio de Salud y modificatorias y la Disposición N° 285/22 de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el Ministerio de Salud, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91 para cubrir, entre otros, un (1) cargo de Psicólogo - Licenciado en Psicología Asistente, con un régimen horario de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Ente Descentralizado Hospital Red Provincial en Salud Mental y Consumos Problemáticos con Base en la Comunidad, con prestación de servicios en el Centro de Prevención a las Adicciones (C.P.A.) de Roque Pérez;

Que conforme Acta labrada por el jurado constituido a tales efectos, se seleccionó a María del Pilar GALASSI en el orden de mérito definitivo correspondiente al proceso de concurso llevado a cabo para cubrir el cargo de la Planta Permanente de la Ley Nº 10.471 y modificatorios y detallado en el párrafo que antecede;

Que, en virtud de los resultados alcanzados, se propicia la designación de la citada agente a partir del 15 de febrero de 2023, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar dicha función, por haber obtenido el puntaje necesario;

Que, a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar, a partir del 15 de febrero de 2023, la designación de carácter interino de María del Pilar GALASSI, en idéntico cargo, lugar de prestación de servicios y régimen horario, oportunamente formalizada por Resolución Nº 3722/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que la agente cuya designación se propicia se desempeña efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y dicha jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley Nº 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 por Decreto Nº 12/24;

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de la Secretaría General, y la Dirección de Área Sociales de la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;

Que la gestión que se promueve se exceptúa de lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto N° 272/17E y modificatorios, y se impulsa conforme los términos de los artículos 5º, 7° inciso 1), 21 inciso b), 25 y 50 de la Ley Nº 10.471 y modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91;

Que, asimismo, la medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 15 de febrero de 2023, a María del Pilar GALASSI (DNI N° 36.538.429 – Clase 1993), como Licenciada en Psicología, en el grado de Asistente, con carácter Interino y con un régimen horario de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria X, dependiente de la entonces Dirección de Desarrollo de Redes de Servicios de Salud de la entonces Dirección Provincial de Redes y Regiones de la entonces Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, con prestación de servicios en el Centro de Prevención a las Adicciones (C.P.A. de Roque Pérez), dependiente de la Dirección Provincial de Salud Mental y Consumos Problemáticos de la Subsecretaría de Salud Mental, Consumos Problemáticos y Violencias en el Ámbito de la Salud, quien fuera oportunamente designada mediante Resolución Nº 3722/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, de acuerdo a lo establecido por el artículo 50 de la Ley N° 10.471 y modificatorias.

ARTÍCULO 2°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 15 de febrero de 2023, en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley Nº 10.471, a María del Pilar GALASSI (DNI N° 36.538.429 – Clase 1993), como Licenciada en Psicología, en el grado de Asistente y con un régimen horario de treinta y seis (36) horas semanales de labor en la Subsecretaría de Salud Mental, Consumos Problemáticos y Violencias en el Ámbito de la Salud - Ente Descentralizado Hospital Red Provincial en Salud Mental y Consumos Problemáticos con Base en la Comunidad, con prestación de servicios en el Centro de Prevención a las Adicciones (C.P.A.) de Roque Pérez, conforme Concurso Abierto de Méritos, Antecedentes y Evaluación, en los términos de lo establecido en los artículos 5º, 7º inciso 1), 21 inciso b) y 25 de la Ley Nº 10.471 y modificatorias, exceptuando la medida de lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto 272/17 E y modificatorios.

ARTÍCULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento del presente será atendido con cargo a la prórroga del Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley N° 15.394, aprobada por Decreto N° 12/24, de acuerdo al siguiente detalle: Jurisdicción 1.1.1.12: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 100 - Programa: 3 – Subprograma: 0 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 999 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria.

ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, de Economía y de Gobierno.

ARTÍCULO 5°. Registrar, comunicar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.

Nicolas Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.