LEY 6967

 

Transferencia al Ministerio de Educación de la Nación, inmueble en Zárate, para Colegio Nacional Comercial, Anexo y Normal.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación, una fracción de tierra ubicada en la ciudad de Zárate, partido del mis­mo nombre, nomenclada catastralmente como Circunscripción I, Sección H, Chacra 8, Fracción I, Parcela 1 b, de propiedad de Lione M. Vannetti, Francisco Eugenio Bertone y José Sánchez Fernández, o de quien o quienes resulten ser sus legítimos titulares de dominio, de acuerdo con la inscripción Nº 6.779, folio 1.505, vuelto del año 1906 y folio 310 del año 1918, del Registro de la Propiedad del par­tido de Zárate.

 

ARTÍCULO 2.- Transfiérese al Ministerio de Educación de la Nación, con carácter de donación, el dominio del inmueble a que se hace re­ferencia en el artículo anterior, para ser destinado a la construc­ción y habilitación del nuevo edificio en que funcionará el Colegio Nacional Comercial Anexo y Normal.

 

ARTÍCULO 3.- Si en el término de cinco (5) años a partir de la fecha de escrituración no se hubiere dado cumplimiento al fin establecido en el artículo 2º, queda facultado el Poder Ejecutivo para constituir en mora al donatario, y en su caso iniciar las acciones pertinentes a los efectos de la revocación de la donación.

 

ARTÍCULO 4.- Los fondos que demande el gasto para el cumplimiento de la presente Ley, se tomarán del Anexo XIII, Cumplimiento de Leyes Especiales del Presupuesto de Capital vigente.

 

ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.