LEY 5974

 

Modificando los límites entre los Partidos de Lomas de Zamora y de La Matanza.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY:

 

ARTÍCULO 1.- Modificase el límite entre los Partidos de Lomas de Za­mora y de La Matanza, en el tramo comprendido entre el puente de La Noria y el puente Colorado, estableciéndolo en la línea eje del curso del Río Matanza rectificado y ensanchado.

 

ARTÍCULO 2.- Incorpórase al Partido de Lomas de Zamora las super­ficies pertenecientes con anterioridad al Partido de La Matanza ubi­cadas al sudeste del límite establecido en el artículo 1º.

Incorpórase al Partido de La Matanza las superficies pertene­cientes con anterioridad al Partido de Lomas de Zamora ubicadas al noroeste de dicho límite.

 

ARTÍCULO 3.- Para todos los efectos emergentes de la presente Ley, las incorporaciones de superficies en la jurisdicción de los partidos se considerarán efectuadas a partir del primero de Enero de 1959.

 

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.