LEY 5974
Modificando los límites entre los Partidos de Lomas de Zamora y de La Matanza.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Modificase el límite entre los Partidos de Lomas de Zamora y de La Matanza, en el tramo comprendido entre el puente de La Noria y el puente Colorado, estableciéndolo en la línea eje del curso del Río Matanza rectificado y ensanchado.
ARTÍCULO 2.- Incorpórase al Partido de Lomas de Zamora las superficies pertenecientes con anterioridad al Partido de La Matanza ubicadas al sudeste del límite establecido en el artículo 1º.
Incorpórase al Partido de La Matanza las superficies pertenecientes con anterioridad al Partido de Lomas de Zamora ubicadas al noroeste de dicho límite.
ARTÍCULO 3.- Para todos los efectos emergentes de la presente Ley, las incorporaciones de superficies en la jurisdicción de los partidos se considerarán efectuadas a partir del primero de Enero de 1959.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.