Fundamentos de la

Ley 11825

 

Es indudable la problemática del abuso en el consumo de bebidas alcohólicas no representa un problema menor en la actualidad; este comportamiento social constituye una puerta de entrada a la drogadependencia y es uno de los principales factores de muerte por accidentes de tránsito, de embarazos no deseados, de enfermedades crónicas de SIDA y es un potenciador de trastornos de comportamientos y conductas delictivas.

El abuso de consumo de bebidas alcohólicas y su consecuencia directa al alcoholismo, se encuentra íntimamente relacionado con una cultura que podríamos denominar "consumista" que se manifiesta a través de una publicidad permanente y sin control, y en una evidente sobreoferta del consumo de alcohol.

Datos estadísticos nos muestran que los 8 (ocho) litros de cerveza por año por habitante que se consumían en nuestro país en 1980 se ha pasado a más de 35 litros en la actualidad.

El presente proyecto tiene por principal finalidad limitar la oferta del consumo de bebidas alcohólicas en el marco de una regulación normativa cuyo fundamento último es la protección de la vida familiar propendiendo a un cambio de comportamientos que eviten el deterioro físico, psíquico y espiritual de la comunidad.

Asimismo, la normativa propuesta se relaciona y complementa con la Ley 11.748 que estableció la prohibición de venta, expendio y suministro de bebidas alcohólicas a menores de 18 años, entendiendo que ambas previsiones legales constituyen un todo armónico tuitivo del mismo bien jurídicamente protegido.

Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, se entiende que no es solo a través de la regulación legislativa que se dará solución al tema del abuso en el consumo de bebidas alcohólicas, la responsabilidad social y la educación como inductores de una vida sana son ejes del necesario cambio de hábitos y comportamientos.