DECRETO 1089/81

LA PLATA, 8 de Septiembre de 1981

 

Visto la necesidad de unificar criterios para el tratamiento de la documentación calificada con grados de reserva y

 

CONSIDERANDO:

Que dicha documentación debe recibir un tratamiento específico en lo atinente a su seguridad,

Que como consecuencia de ello es necesario establecer las normas al efecto,

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébese el Manual para tramitación de la correspondencia calificada con grados de reserva, cuyo texto se comunica en la fecha a los titulares de todos los Organismos de la Administración Pública Provincial, por intermedio de la SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN.-

 

ARTÍCULO 2°.- Invitase por intermedio del MINISTERIO DE GOBIERNO, a los señores Intendentes Municipales a adoptar similar tratamiento en sus respectivos ámbitos.-

 

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Registro y  Boletín Oficial y archívese.-