Fundamentos de la

Ley 12080

Apoyando un sentido reclamo de las autoridades educacionales y de la comunidad residente en los aledaños de la Escuela Nro. 33 “Remedios de E. de San Martín”, ubicada en la calle G. A. Nasser Nro. 1.610, entre las calles Luro y San Martín de la ciudad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredón, vengo por el presente proyecto de ley a propiciar la expropiación del inmueble lindero a dicha escuela, en el convencimiento de que con la aprobación legislativa de tan trascendente iniciativa se reafirman los contenidos básicos que sustenta el nuevo sistema educativo implementado en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires.

Es que, con la sanción de la Ley Federal de Educación 24.195 y su correlato en la Provincia a través de la aprobación de la Ley 11.612, se abre un capítulo completamente novedoso para la historia de nuestro sistema educativo. Se crea un cuerpo normativo delimitado que regula la totalidad de los aspectos de la educación,  produciéndose ello por primera vez en el marco de las instituciones democráticas.

El sistema educativo debe lograr la “calidad” de la enseñanza, lo que no solo implica actualización de los programas, sino, entre otras cuestiones, trabajar para incrementar oportunidades de aprendizaje para todos, educados-educadores, con la permanente intención de ir disminuyendo paulatinamente las diferencias.

Desde el planteo que impone “calidad-equidad”, la escuela deber ser considerada como el espacio indispensable que puede contribuir a superar las eventuales dificultades que se presenten hoy en el sistema educativo.

En ese contexto, advertimos que la Escuela Nro. 33 no escapa a parte de aquellas dificultades en tanto no cuenta con el suficiente “espacio” físico por cierto, que imprescindiblemente se requiere para concretar la debida calidad-equidad.

La puesta en marcha de la “E.G.B. 3” ha desacomodado el eficiente funcionamiento de la escuela. Así, revisando el desarrollo de la matrícula, vemos que en 1992 se componía de 1.040 alumnos; en 1993 de 1.021 alumnos, en 1994 de 992 alumnos, en 1995 de 943 alumnos, en 1996 de 917 alumnos, en 1997 la matrícula inicial es de 1.084 alumnos y la estimada para el año 1998 de 1.250 alumnos.

Si se repara que con semejante población educativa la escuela cuenta, para atender a la misma en dos turnos, entre otras dependencias impescindibles, con 16 aulas, un (1) baño para varones y un (1) baños para mujeres, se advierte que la escuela no cuenta con las aulas necesarias para contener la indicada matrícula. Ello hace, que los 9nos. grados no tengan aula propia, como tampoco sanitarios adecuados; tampoco posee espacios acordes para tales destinos.

Debido a tales dificultades en el presente ciclo lectivo (1997) al no contar tampoco los 8vos. grados con aulas propias, se debió realizar una redistribución de áreas. Las instalaciones donde debe funcionar el gabinete -de 18 mts.2- fue ocupada por el 4to. grado C con 19 alumnos. La receptoría funciona en el gabinete de auxiliares de secretaría.

Por otra parte, la “E.G.B. 3” está organizada en módulos de trabajo de 40 minutos; los recreos interrumpen los horarios de Educación Física de la “E.G.B.1” y “E.G.B.2”, los 5tos. y 6tos. grados se ven obligados a desarrollar sus actividades fuera de la escuela. Esto es, en un club cercano que facilita sus instalaciones, con las responsabilidades y dificultades que ello encierra.

En tales condiciones, no puedo menos que acudir en apoyo de la comunidad que legítimamente represento, procurando las medidas y decisiones necesarias tendientes a dar concreta solución a los problemas que aflijen a la población educativa de la Escuela Nro. 33, motivo por el cual propugno el adjunto proyecto de ley de expropiación del inmueble lindero a la citada escuela, que someto a consideración de la H. Cámara, rogando a los señores senadores me acompañen con su voto favorable.