Decreto 1715/2019
La Plata, 5 de diciembre de 2019
VISTO el expediente N° 2923-2368/17 del Ministerio de Salud, por el cual se gestiona la designación, a partir del 1 de octubre de 2017, de Tamara Lucrecia SIMONTACCHI en el Hospital Zonal General “Lucio Meléndez” de Adrogué, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, y
CONSIDERANDO:
Que para propiciar dicho trámite se afectó la vacante producida por el cese de Bartolomé CIRER, concretada por Resolución 11112 Nº 172/17 E, la cual se encuentra contemplada en el presupuesto general ejercicio 2019 - Ley Nº 15.078;
Que la presente designación se concreta de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;
Que en autos se informa que la agente cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario;
Que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, debe controlar que se encuentre reunida toda la documentación requerida en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471;
Que el nombramiento se gestiona a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E;
Que resulta procedente otorgar a Tamara Lucrecia SIMONTACCHI, una bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico del cargo en el que se designa, en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales del Hospital Zonal General “Lucio Meléndez” de Adrogué, de acuerdo a lo normado por Decreto Nº 1264/14;
Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales, dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano - Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente del Ministerio de Economía;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, exceptuándose del artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E, a partir del 1 de octubre de 2017, de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528, en el Hospital Zonal General “Lucio Meléndez” de Adrogué, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, como personal comprendido en la carrera profesional hospitalaria, en el grado de asistente, con carácter interino, a Tamara Lucrecia SIMONTACCHI (D.N.I. 28.463.827 – Clase 1980) para desempeñarse como médica – especialidad: pediatría, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia (artículo 26 de la Ley N° 10.471).
ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, debe controlar que se encuentren reunidos los antecedentes requeridos en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471.
ARTÍCULO 3°. Otorgar, a partir del 1 de octubre de 2017, una bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico del cargo en que es designada Tamara Lucrecia SIMONTACCHI (D.N.I. 28.463.827 – Clase 1980), en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales del Hospital Zonal General “Lucio Meléndez” de Adrogué, de acuerdo a lo normado por Decreto Nº 1264/14.
ARTÍCULO 4°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD – Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0014 – Subprograma: 001 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 28 - Finalidad 3 - Función 1 – Subfunción 0 – Fuente de Financiamiento 1.1 –Inciso 1- Partida Principal 1 – Parcial0 Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2019 - Ley N° 15.078.
ARTÍCULO 5º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Andres Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; María Eugenia Vidal, Gobernadora