Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución Nº 542
La Plata, 1º de diciembre de 2011.
VISTO el expediente Nº 2346-445/11 por el cual se propicia la modificación de los coeficientes de distribución correspondientes al año 2011, de los recursos a que refieren respectivamente el inciso b) del artículo 6º de la Ley Nº 13.163 y el inciso d) del artículo 7º de la Ley Nº 13.010 -ambos modificados por la Ley Nº 13.403-, a los Municipios afectados por la Ley Nº 14.087 y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 1966/06 reglamentó la distribución a las Municipalidades de los recursos del Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales y Saneamiento Ambiental con destino al tratamiento y disposición final de residuos fijada en el inciso b) del artículo 6º de la Ley Nº 13.163 (según texto de la Ley Nº 13.403);
Que asimismo el referido Decreto reglamentó la distribución de la recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en el tramo descentralizado de acuerdo a lo determinado en el inciso d) del artículo 7º de la Ley Nº 13.010, modificado por la Ley Nº 13.403;
Que conforme a lo dispuesto en el Decreto Nº 1.966/06 el Ministerio de Economía elaborará anualmente los coeficientes de distribución de los recursos del Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales y Saneamiento Ambiental a que refiere el inciso b) del artículo 6º de la Ley Nº 13.163, sobre la base de los datos de población de cada Municipio suministrados por la Dirección Provincial de Estadística de la Provincia de Buenos Aires, siendo los mismos de aplicación para la distribución de recursos establecida en el inciso d) del artículo 7º de la Ley Nº 13.010, modificado por la Ley Nº 13.403;
Que por Resolución Nº 609/10 del Ministerio de Economía se aprobaron los coeficientes de distribución a los Municipios que rigen para el año 2011;
Que mediante la Ley Nº 14.087 se crea un nuevo Municipio sobre sectores del territorio perteneciente al actual partido de Chascomús, al que se lo denomina Partido de Lezama;
Que por Decreto Nº 1.083/10 se designa como Autoridad de Aplicación de dicha Ley a la Subsecretaría de Asuntos Municipales, dependiente del Ministerio de Gobierno, quien suministró mediante expediente Nº 22600-2117/11 la información para la elaboración de los coeficientes de distribución de los recursos del Fondo para el Fortalecimiento de Programas Sociales y Saneamiento Ambiental de los Municipios de Chascomús y Lezama, modificando la Resolución anteriormente mencionada;
Que en tal sentido, se cuenta con los datos de población de cada Municipio que sirvieron de base para la elaboración de los nuevos coeficientes de distribución;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 1º del Decreto Nº 1966/06;
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Fijar los coeficientes de distribución de los recursos del Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales y Saneamiento Ambiental a que refiere el inciso b) del artículo 6º de la Ley Nº 13.163 (texto modificado según Ley Nº 13.403) a los Municipios de Chascomús y Lezama, de acuerdo al Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º. Los coeficientes establecidos en el artículo 1º serán de aplicación para la distribución de los recursos dispuesta en el inciso d) del artículo 7º de la Ley Nº 13.010 (texto modificado por la Ley Nº 13.403).
ARTÍCULO 3º. Los coeficientes mencionados en los artículos anteriores de la presente Resolución regirán a partir del 11 de diciembre de 2011.
ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Alejandro G. Arlía
Ministro de Economía
ANEXO ÚNICO
FONDO DE SANEAMIENTO AMBIENTAL
Art. 6º Ley Nº 13.163 y modificatorias
COEFICIENTE DE DISTRIBUCIÓN AÑO 2011
MUNICIPIO COEFICIENTE
CHASCOMÚS 0,00240
LEZAMA 0,00032
C.C. 14.876