Provincia de Buenos Aires

DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN

Resolución Nº 1.600

 

LA PLATA, 4 de junio de 2010.

 

VISTO el Expediente N° 5805-4807073 /09, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por el mencionado expediente la Dirección de Tribunales de Clasificación propicia el llamado a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para cubrir con carácter titular, los cargos vacantes de Director y Vicedirector de Establecimientos Educativos de Educación Técnica dependientes todos de la Dirección Provincial de Educación Técnico Profesional;

 

Que por Resolución N° 5692/08 (Expediente 5805-3610213/08) la Dirección General de Cultura y Educación dio por finalizadas las acciones referidas a la Titularización del Personal Jerárquico pautadas en la Ley N° 13.106;

 

Que la concreción de los lineamientos de la Política Educativa de la Jurisdicción, hace necesaria la cobertura con carácter titular de los cargos vacantes antes mencionados, a fin de garantizar la oferta de la Modalidad como unidad pedagógica y organizativa;

 

Que la conformación de Escuelas de Educación Secundaria Técnica, conlleva la necesidad de garantizar la consolidación institucional, constituyéndose el personal directivo en un eje vertebrador de la comunidad educativa en su conjunto;

 

Que en este sentido, la conformación aludida implica un proceso de implementación gradual y progresivo en concordancia con las normas vigentes para la organización de las Plantas Orgánico Funcionales;

 

Que resulta necesario proceder a la cobertura de los cargos de Director y Vicedirector, a los efectos de propiciar el acceso a la titularidad de todos los docentes que se desempeñan en la Modalidad;

 

Que el artículo 7º de la Ley N° 10.579/87, establece que el ascenso constituye un derecho del personal docente titular;

 

Que en esta línea, dichos cargos se cubren mediante Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición, de conformidad al artículo 76 de la Ley antes mencionada;

 

Que dicho Artículo en su apartado A.1.1. del Decreto N° 2485/92 Reglamentario de Estatuto del Docente, modificado por el Decreto N° 441/95, determina que corresponde a la Dirección de Tribunales de Clasificación propiciar el dictado del acto resolutivo de llamado a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para la cobertura de cargos jerárquicos titulares a propuesta de la Dirección de Modalidad correspondiente;

 

Que las vacantes de los cargos a cubrir se encuentran excluidas de las Acciones Estatutarias de Movimiento Anual Docente 2009 – 2010, conforme lo establecido por la Disposición N° 678/09 de la Dirección de Tribunales de Clasificación;

 

Que en razón de las prescripciones legales establecidas por la Ley 14.016/09, resulta necesario garantizar su correcta aplicación y consecuentemente, efectivizar la titularización en cargos jerárquicos de los Coordinadores que se desempeñan en los cargos de Director o Vicedirector de Escuelas de Educación Secundaria Básica, provenientes del cargo de Coordinador de Tercer Ciclo de Educación General Básica;

 

Que el decisorio que por el presente acto administrativo se impulsa, respetar los lineamientos arribados en la materia por Acuerdo Paritario de fecha 6 de octubre de 2009;

 

Que el presente acto se efectúa en el marco de la Ley 10.579 -Estatuto del Docente y su Reglamentación Decreto N° 2485/92 modificado por Decreto N° 441/95 y 1189/02 y Resoluciones N° 11324/97, N° 4607/98, N° 1277/99 y N° 4091/02;

 

Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, deviene pertinente el dictado de la presente Resolución;

 

Que en uso de las facultades conferidas por el Artículo 69 Inc. a) y e) de la Ley N° 13.688 resulta viable el dictado de la presente;

 

Por ello,

 

EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Llamar a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición de acuerdo con las prescripciones de la Ley 10.579 - Estatuto del Docente- y sus modificatorias N° 10.614; N° 10.693, N° 10.743 y N° 13.124 y Decreto N° 2485/92 y sus modificatorias Decretos 441/95 y 1189/02 y Resoluciones N° 11324/97, N° 4607/98, N° 1277/99 y N° 4091/02, con el objeto de proceder a la cobertura con carácter titular del 80% de las vacantes de los cargos de Director y Vicedirector de establecimientos educativos de Educación Secundaria Técnica dependientes todos de la Dirección Provincial de Educación Técnico Profesional que se consignan en el Anexo 1 que se declara parte integrante de la presente Resolución y que consta de 3 (tres) folios.

 

ARTÍCULO 2°. Establecer, en virtud de las consideraciones vertidas en el exordio de la presente, que las vacantes nominadas en el Anexo 1 se encuentran sujetas a modificaciones en virtud de la aplicación de la Ley N° 14.016/09.

 

ARTÍCULO 3º. Determinar que, en virtud del proceso de conformación de las escuelas de Educación Secundaria Técnica, las vacantes ofrecidas nominalmente en el presente acto, podrán sufrir variaciones en concordancia con las nuevas denominaciones de dichos servicios.

 

ARTÍCULO 4º. Indicar que, a los efectos de preservar la legalidad de la Instancia Concursal, la Dirección de Tribunales de Clasificación actualizará la nómina de las vacantes antes del inicio del acto de promoción, momento en que deberán publicarse las mismas y proceder a la notificación fehaciente de los aspirantes que participan del Concurso que se aprueba por el Artículo 1º del presente acto administrativo.

 

ARTÍCULO 5°. Determinar que para la substanciación del mencionado concurso, se constituirá un jurado conforme a lo determinado en el Art. 83° apartado II del Estatuto del Docente de la Provincia de Buenos Aires, cuya nómina obra en el Anexo 2, que se declara parte integrante de la presente Resolución y que consta de 2 (dos) folios.

 

ARTÍCULO 6°. Establecer que los aspirantes que se postulen, deberán poseer cargo o módulos titulares en la actual Modalidad Técnica, comprendiendo a todos los Establecimientos Educativos de dicha Modalidad como condición excluyente a los efectos de poder concursar.

 

ARTÍCULO 7º. Aprobar los Anexos 3 y 4 que constan de 2 (dos) y 1 (un) folios respectivamente y se declaran parte integrante del presente acto resolutivo, correspondientes a las condiciones generales y específicas para los ascensos para los cargos a los que se convoca y a las normas legales vigentes de aplicación.

 

ARTÍCULO 8°. Aprobar el Anexo 5 que consta de 6 (seis) folios que se declara parte integrante de la presente resolución correspondiente al temario para las pruebas de oposición con su especificación bibliográfica.

 

ARTÍCULO 9°. Aprobar el Anexo 6 que consta de 2 (dos) folios y forma parte integrante del presente acto resolutivo, correspondiente al formulario de inscripción de los aspirantes para participar en el Concurso.

 

ARTÍCULO 10. Establecer que el puntaje docente del cargo de base titular que le permite al docente concursar, será considerado al 31 de diciembre del año anterior al llamado a concurso como antecedente valorable, según tabla de conversión que obra en el Anexo 7, que se declara parte integrante del presente Acto Resolutivo y que consta de 1 (un) folio.

 

ARTÍCULO 11. Aprobar el Anexo 8, que se declara parte integrante de la presente Resolución y que consta de 1 (un) folio correspondiente al cronograma de acciones de la primera etapa del Concurso que se propicia.

 

ARTÍCULO 12. Aprobar los Anexos 9, 10, 11, 12, 13 y 14 que constan todos ellos de 1 (un) folio respectivamente y se declaran parte integrante del presente acto administrativo, correspondientes a: resumen de inscripción, instrumentos de evaluación para cada una de las instancias concursales, y Planillas Resumen de orden de mérito por puntaje obtenido respectivamente.

 

ARTÍCULO 13. Establecer que la presente Resolución será refrendada por el Señor Subsecretario de Educación de este Organismo.

 

ARTÍCULO 14. Registrar esta Resolución que será desglosada para su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su reemplazo agregará copia autenticada de la misma; notificar a las Subsecretarías de Educación y Administrativa, a las Direcciones Provinciales de Educación Secundaria, de Gestión Educativa, de Educación de Gestión Privada, de Recursos Humanos, de Educación Técnico Profesional, a las Direcciones de Tribunales de Clasificación, de Personal, de Educación Técnica, de Gestión de Asuntos Docentes y por su intermedio a quienes corresponda. Publicar en el Boletín Oficial y en el Centro de Documentación e Información Educativa (CENDIE). Cumplido, archivar.

 

Mario N. Oporto

Director General

 

 

ANEXO 2

 

CONCURSO DE TÍTULOS ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN PARA LA

COBERTURA DE CARGOS DIRECTIVOS TITULARES DE LA DIRECCIÓN DE

EDUCACIÓN TÉCNICA DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE

EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL

 

REGIONES: 1, 13, 14, 15,16 y 17

Jurado I Sede: Jefatura de Región 1 Calle 9 Nº 1289 La Plata

Titular: Juan Rojas Director de Educación Técnica

Suplente: Ana Chávez Inspectora Jefe Regional

Titular: Rubén Kulha Asesor Docente de la Dirección de Educación Técnica

Suplente: Alberto Llanos Asesor Docente de la Dirección de Educación Agraria

Titular: Alejandro Cavassa Inspector de Enseñanza

Suplente: Mario Barrios Inspector de Enseñanza

Titular: Miguel Batista Director

Suplente: Vicente Francione Director

 

REGIONES 2, 4 y 5

Jurado II Sede: Jefatura de Región 2 Av. Mitre Nº 750 1º Piso 1 Avellaneda

Titular: Juan Rojas Director de Educación Técnica

Suplente: Ana Casadamón Inspectora Jefe Regional

Titular: Ricardo Rodríguez Asesor Docente de la Dirección de Educación Técnica

Suplente: Juan Martínez Asesor Docente

Titular: José Luis Gurtubay Inspector de Enseñanza

Suplente: Eduardo De Cilis Inspector de Enseñanza

Titular: Ricardo De Seta Director

Suplente: Claudio Etcheverry Director

 

REGIONES: 3, 8, 9 y 10

Jurado III Sede: Jefatura de Región 10 Calle 14 Nº 633 Mercedes

Titular: Juan Rojas Director de Educación Técnica

Suplente: Inés Atlli Inspectora Jefe Regional

Titular: Alejandro Anchava Asesor Docente de la Dirección de Educación Técnica

Suplente: César Ipucha Asesor Docente

Titular: Francisco López Inspector de Enseñanza

Suplente: Hernán Rodríguez Coloucigno Inspector de Enseñanza

Titular: Domingo Ianiero Director

Suplente: Antonio Herrero Director

 

REGIONES 18, 19, 20, 24 y 25

Jurado IV Sede: Jefatura de Región 19 Av. Colón Nº 3180 10 Piso Gral. Pueyrredón

Titular: Juan Rojas Director de Educación Técnica

Suplente: Sandra Gabriel Salvi Inspectora Jefe Regional

Titular: Rubén Kulha Asesor Docente de la Dirección de Educación Técnica

Suplente: Luis Quintela Asesor Docente

Titular: Javier Ranaldi Inspector de Enseñanza

Suplente: Ana Altabe Inspectora de Enseñanza

Titular: Osvaldo Abadie Director

Suplente: Daniel Villareal Director

 

REGIONES 21, 22 y 23

Jurado V Sede: Jefatura de Región 22 San Martín 371 Bahía Blanca

Titular: Juan Rojas Director de Educación Técnica

Suplente: Puente Patricia Inspectora Jefe Regional

Titular: Ricardo Rodríguez Asesor Docente de la Dirección de Educación Técnica

Suplente: Ma. Victoria La Plaza Asesora Docente

Titular: Claudio Martini Inspector de Enseñanza

Suplente: Margarita Orellano Inspectora de Enseñanza

Titular: Lorenzo Albani Director

Suplente: Silvia Stacco Directora

 

REGIONES 6, 7, 11 y 12

Jurado VI Sede: Jefatura de Región 6 Av. Libertador San Martín Nº 455 1º Piso Tigre

Titular: Juan Rojas Director de Educación Técnica

Suplente: Rubén Luna Inspector Jefe Regional

Titular: Alejandro Anchava Asesor Docente de la Dirección de Educación Técnica

Suplente: Omar Sissia Asesor Docente

Titular: Mónica Corso Pérez Inspectora de Enseñanza

Suplente: Gustavo Frías Inspector de Enseñanza

Titular: Luis Albanese Director

Suplente: Atilio Luchessi Director

 

ANEXO 3

 

CONCURSO DE TÍTULOS ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN PARA LA

COBERTURA DE CARGOS DIRECTIVOS TITULARES DE LA DIRECCIÓN DE

EDUCACIÓN TÉCNICA DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE

EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL

 

1.- CONDICIONES GENERALES:

 

ARTÍCULO 80 DEL ESTATUTO DEL DOCENTE (Ley 10.579) y MODIFICATORIAS

(10.614, 10.693 y 10.743).

El personal docente tendrá derecho a los ascensos establecidos en este capítulo siempre que reúna los siguientes requisitos:

a)      Ser titular del Nivel y/o Modalidad en la que desea concursar o pertenecer a las Modalidades de Educación Física, Educación Artística o Psicología Comunitaria y Pedagogía Social, con desempeño titular, en la Modalidad que aspira.

b)      Revistar en situación de servicio activo al momento de solicitarlo.

c)      Haber merecido una calificación no menor a ocho (8) puntos en los dos (2) últimos años, en los que hubiera sido calificado.

d)      Reunir las demás condiciones exigidas para el cargo al que aspira determinadas por la reglamentación.

e)      Haber transcurrido, para los docentes con tareas pasivas, un período no menor de un (1) año, desde su reintegro a la función de la que fuera relevado.

 

ARTÍCULO 80 DE LOS DECRETOS N° 2485/92, 441/95 y 1189/02 y Resolución 4091/02

REGLAMENTARIOS DEL ESTATUTO DEL DOCENTE:

A:

I: La titularidad en una Dirección Docente será de “situación de revista” y no necesariamente de desempeño real. En consecuencia los docentes de un Nivel y/o Modalidad de la Enseñanza que se encuentren prestando servicios en otras Direcciones Docentes o en otros Organismos al momento de la inscripción, satisfacen el requisito establecido en este inciso.

C: La calificación exigida corresponde a cada uno de los dos (2) últimos años calificados en el cargo, horas cátedra o módulos sobre cuya base se solicita el ascenso.

D: En ningún caso se exigirán otras condiciones que las determinadas en los artículos 80 y 82 del Estatuto del Docente y del presente Decreto Reglamentario.

 

RESOLUCIÓN 4091/02

Artículo 1°. Computar a los efectos del Art. 80, inc. c) de la Ley 10.579 y su reglamentación, las calificaciones obtenidas en el cargo y horas cátedra sobre las cuales se solicita el ascenso, o en función jerárquica transitoria por la cual se los hubiere relevado.

E: Sin reglamentar

 

NO PODRÁN CONCURSAR: Quienes hayan sido sancionados en la forma prevista en el inciso e) del apartado II del Artículo 132 del Estatuto del Docente y su Reglamentación, mientras se hallen dentro del lapso fijado en la respectiva Resolución.

 

PODRÁN CONCURSAR: Quienes se encuentren bajo investigación presumarial o sumario administrativo, cuya promoción, en caso de aprobar, quedará condicionada al resultado de las actuaciones instruidas, dado que podría recaer la sanción prevista en el Artículo 132 del apartado II Inciso e) y f). de la Ley 10.579 y su Reglamentación, que requiere la reserva de vacante. Para el caso que las sanciones no fueran las mencionadas en el párrafo precedente, el Acto Administrativo de promoción tendrá efecto retroactivo exceptuada la remuneración (Artículo 143 de Estatuto del Docente y Artículo 76 A 3.2 del Decreto Reglamentario 2485/92 y su modificatorio 441/95).

 

Por Acuerdo Paritario de fecha 6 de octubre de 2009 a los fines del presente llamado a concurso, se reconoce el derecho del Preceptor, Bibliotecario y Encargado de Medios de Apoyo Técnico Pedagógico de Laboratorio y de Pañol a acceder a los ascensos con carácter titular siempre que el docente cumpla con los requisitos estatutarios y posea título habilitante.

 

2.- CONDICIONES ESPECÍFICAS:

Antigüedad Docente:

Cumplir los requisitos específicos de antigüedad docente de gestión pública exigidos en la forma prevista en el Artículo 82 del Decreto 2485/92, modificado por Decreto 441/95, Reglamentación del Estatuto del Docente:

a)      Poseer una antigüedad docente de gestión pública mínima con carácter titular, provisional o suplente en la Provincia de Buenos Aires de siete (7) años.

b)      Para aspirar a la cobertura del cargo que se concursa, se requerirá una antigüedad mínima de siete (7) años de desempeño efectivo en la Dirección Docente que corresponda, en carácter de titular, provisional o suplente.

En ambos casos es de aplicación lo establecido en el Artículo 1º de la Resolución Nº 4607/98 “Reconocer la antigüedad de los desempeños de docentes que han ejercido en servicios educativos de la Provincia de Buenos Aires como consecuencia de pases interjurisdiccionales”.

Asimismo es de aplicación la Resolución Nº 1277/99 que se refiere al reconocimiento de antigüedad en servicios de Gestión Privada, la que establece:

“Artículo 1º Determinar que se computará la antigüedad docente en servicios de educación privada reconocidos por la Dirección General de Cultura y Educación a todos los efectos estatutarios”.

“Artículo 2º. Determinar que la antigüedad en la “Dirección Docente” a la que alude el Artículo 82 del Decreto 2485-92, en el caso de docentes que acrediten servicios privados de los consignados en el artículo anterior, será la antigüedad en el nivel y modalidad del servicio que se tratare”.

En todos los casos la Antigüedad en los servicios será computada al 31 de diciembre de año anterior del llamado a Concurso.

 

ANEXO 4

 

CONCURSO DE TÍTULOS ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN PARA LA

COBERTURA DE CARGOS DIRECTIVOS TITULARES DE LA DIRECCIÓN DE

EDUCACIÓN TÉCNICA DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE

EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL

 

NORMAS LEGALES DE APLICACIÓN

 

A los efectos del Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para la cobertura de cargos directivos titulares, resulta de aplicación la siguiente normativa:

 

Ley 10.579 –Estatuto del Docente y su Reglamentación- Capítulo XIV “De los Ascensos” en sus partes pertinentes y con sujeción a las siguientes consideraciones:

 

Por Acuerdo Paritario de fecha 06/10/09 a los fines del presente llamado a concurso se reconoce el derecho del Preceptor, Bibliotecario, Maestro de Sección y Encargado de Medios de Apoyo Técnico Pedagógico y de Pañol de acceder a los ascensos con carácter titular siempre que el docente cumpla con los requisitos estatutarios y posea título habilitante.

 

Resolución Nº 4607/98: “Reconocer la antigüedad de los desempeños de docentes que han ejercido en servicios educativos de la Provincia de Buenos Aires como consecuencia de pases interjurisdiccionales”.

 

Resolución Nº 1277/99: “Artículo 1º Determinar que se computará la antigüedad docente en servicios de educación privada reconocidos por la Dirección General de Cultura y Educación a todos los efectos estatutarios”.

 

ANEXO 5

 

CONCURSO DE TÍTULOS ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN PARA LA

COBERTURA DE CARGOS DIRECTIVOS TITULARES DE LA DIRECCIÓN DE

EDUCACIÓN TÉCNICA DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE

EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL

 

PROGRAMA DE CONTENIDOS, BIBLIOGRAFÍA Y NORMATIVA

 

Gestión Curricular

Currículum

Diseño Cunicular de las Escuelas de Educación Secundaria Técnica.

Prácticas de Enseñanza en el aula, el aula taller y el aula laboratorio.

Proceso de Evaluación de los aprendizajes por capacidades.

Articulación horizontal y vertical entre teoría y práctica.

Áreas modulares y módulos de aprendizaje.

 

Gestión Institucional

Fines, características y objetivos de la Educación Secundaria Provincial y de la

Educación Técnico Profesional en particular.

Organización de las Escuelas de la Modalidad.

El gobierno escolar y la democratización de las Instituciones.

Diversidad, inclusión, repitencia, abandono.

Cultura Escolar.

Equipo de Conducción.

Canales de comunicación.

Gestión Distrital y Regional.

Modalidades Organizacionales.

Escuela según contexto de desarrollo educativo.

Recolección y uso de la información.

Financiamiento de la Educación Técnico Profesional.

 

Gestión Socio Comunitaria

Relación Escuela - Familia- Comunidad.

Vinculación con el Sector Socio Productivo local, regional y provincial.

Trabajo conjunto de los distintos actores comunitarios.

 

BIBLIOGRAFÍA

MARCO NORMATIVO

Constitución de la Nación Argentina.

Constitución de la Pcia. de Buenos Aires.

Convención Internacional de los Derechos del Niño (Naciones Unidas).

Código Civil (Cap. Responsabilidad Civil) - Art. 1117 y concordantes.

Código Procesal Penal (Las denuncias – obligaciones del art. 80)

 

LEYES

26.206/06: Ley de Educación Nacional.

26.058/05: Ley de Educación Técnico Profesional.

13.688/07: Ley de Educación de la Provincia de Buenos Aires.

13.298/04: Ley de la promoción y protección integral de los derechos de los niños y

Decretos reglamentarios.

7.647/70: Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Buenos Aires.

10.430: Estatuto y Escalafón para el Empleado de la Administración Pública.

10.579/87: Estatuto del Docente de la Provincia de Bs. As. Decreto Reglamentario N°

2485/92, su complementario N° 688/93 y modificatorios.

19.587/72: Ley de Higiene y Seguridad Laboral.

24.557/95: Ley de Aseguradora de Riesgo de Trabajo.

 

DECRETOS

Decreto 6013/58 y modificatorio 619/90: Reglamento General para Escuelas

Públicas.

Decreto 4767/72: Manual de Cooperadoras Escolares.

Decreto 256/05: Incorporación de la Dirección de Educación Secundaria Básica al

Estatuto del Docente. Escalafón.

Decreto 252/05: Modificación del Art.75 del Estatuto del Docente.

Decreto 258/05: Designación de docentes por suplencias de 3 o 4 días.

Decreto 3991/97: Uso de la bandera oficial de la Provincia de Buenos Aires.

Decreto 688/93: Régimen de Licencias.

Decreto 441/95: Modif. Dec. 2485/92 – Reg. Estatuto Docente.

Decreto 3918/98: Accidentes de Trabajo.

Decreto 351/79: Decreto Reglamentario de la Ley 19.587/72

Decreto 491/97: Decreto Reglamentario de la Ley 24.557/95

Decreto 144/08: Validez Nacional de Títulos y Certificaciones.

 

RESOLUCIONES

1104/86: Creación de Cargo para el Sistema Dual.

306/07: Estructura orgánico funcional de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.

3970/09: Calendario Escolar.

3869/06 y 3232/06: Tramitación de creación de Establecimientos Escolares.

1935/84 y 704/85: Imposición de nombre a Establecimientos Escolares.

426/06: Reglamentación de Lecciones Paseo.

1728/06: Utilización de celulares en las escuelas.

2150/05: Uso compartido de edificios.

824/05: Cobertura de cargos Jerárquicos.

927/06: Evaluación, acreditación y promoción de alumnos.

3367/05: Confección de POF.

4088/04: Relevo de horas cátedra y módulos para asignación de Funciones Jerárquicas.

894/05 y 2127/06: Unidades de Gestión Curricular en Escuelas de Educación Técnica y Agraria.

789/02: Trayecto pre Profesional en Escuelas Técnicas.

9210/87 y 4900/05: Centros de Estudiantes.

1593/02: Acuerdos de convivencia.

688/06: Régimen de asistencia y puntualidad de alumnos.

6001/03: Programa de Inscripción total y Control Social de la Matrícula.

3233/06: Aprobación del Diseño Curricular para la Educación Secundaria 1º año.

2495/07 Diseño Curricular de 2º año de la Educación Secundaria.

4625/98 y 382/03: Implementación gradual y progresiva de la Educación Polimodal y los Trayectos Técnico-Profesionales.

6247/03: Diseño Curricular de Nivel Polimodal: Humanidades y Ciencias Sociales, Ciencias Naturales, Comunicación Arte y Diseño, Economía y Gestión de las Organizaciones.

471/06: Programa de Terminalidad.

6017/03: Nueva Regionalización Educativa.

6000/03: Creación de la Unidad Educativa de Gestión Distrital.

22/85: Sistema Dual.

13255/97: Pasantías Educativas.

5250/00: Pasantías Educativas.

1237/99: Aprueba las tecnicaturas, plan 3 años en:

Equipos e Instalaciones Electromecánicas

Electrónica

Industria de Procesos

Maestro Mayor de Obras

Producción Agropecuaria

Informática Personal y Profesional.

12468/99: Aprueba las tecnicaturas, plan 4 años en:

Equipos e Instalaciones Electromecánicas

Electrónica

Industria de Procesos

Maestro Mayor de Obras

Informática Personal y Profesional

Gestión Organizacional.

12471/99: Aprueba las tecnicaturas, plan 3 años en:

Gestión Organizacional

Industria de Procesos

Informática Personal y Profesional.

12762/99: Aprueba las tecnicaturas, plan 4 años en:

Gestión Organizacional

Industria de Procesos

Informática Personal y Profesional

1938/01: Aprueba las tecnicaturas, plan 3 años en:

Automotores.

1939/01: Aprueba las tecnicaturas, plan 4 años en:

Automotores.

471/01: Aprueba las tecnicaturas, plan 3 años en:

Mantenimiento de Aeronaves.

1106/02: Aprueba las tecnicaturas, plan 3 años en:

Mantenimiento de Aviónica.

2976/03: Aprueba las tecnicaturas, plan 3 años en:

Tiempo Libre, Recreación y Turismo.

5010/04: Aprueba las tecnicaturas, plan 3 años en:

Comunicación Multimedial.

1173/05: Aprueba las tecnicaturas, plan 3 años en:

Gestión Organizacional.

Informática Personal y Profesional

Industria de Procesos.

1121/02: Aprueba el Bachillerato de Adultos.

3843/07: Modifica en parte la Resolución 927/06 de evaluación.

1030/07: Extensiones y Anexos.

1564/07: Preservación de los bienes físicos de la escuela.

3827/07: Reasignación de docentes de 8º a 2º año de la secundaria.

Res. CFCE Nº 250/05: Mejora continua de la calidad de la Educación Técnico Profesional.

Res. CFCE Nº 261/06: Procesos de homologación y marcos de referencia de títulos y certificaciones de educación técnico profesional.

Res. CFCE Nº 269/06: Mejora continua de la calidad de la educación técnico profesional para el año 2007.

Res. CFCE Nº 13/07: Títulos y Certificados de la Educación Técnico Profesional.

Res. CFCE Nº 14/07: Lineamientos y criterios para la organización institucional y curricular de la Educación Técnico Profesional, correspondiente a la educación secundaria y la educación superior.

Res. CFCE Nº 15/07: Aprueba los documentos de los marcos de referencia de los sectores Producción Agropecuaria, Construcciones Civiles, Electrónica, Electricidad, Electromecánica, Energías Renovables, Mecánica, Mecanización Agropecuaria, Automotores, Aeronáutica, Aviónica, Aerofotogrametría, Química, Industrias de Procesos, Minería, e Informática.

Res. CFCE Nº 18/07: Documento “Acuerdos Generales sobre Educación Obligatoria”.

Res. CFCE Nº 39/08: Extender hasta el 31 de diciembre de 2008 los alcances de la Resolución CFCyE Nº 269/06, de la Resolución CFE Nº 3/07 y de los convenios suscriptos entre el INET y las respectivas jurisdicciones en el marco de la Resolución CFCyE Nº 250/05.

3186/07: Implementación de la Educación Secundaria de la Ley 13688.

2496/07: Aprobación del Diseño Curricular de la Materia Construcción de Ciudadanía.

2187/07: Programa de Terminalidad.

157/07 y 1157/07: Cobertura de la Materia Construcción de Ciudadanía.

4662/03: Departamento de Integración Curricular.

740/99: Cobertura de ECI.

5040/08: Conformación de la Educación Técnico Profesional de 7 años.

333/09: Pautas para la confección de P.O.F. en escuelas de Educación Secundaria en sus distintas modalidades.

88/09: Aprueba el Diseño Curricular del ciclo básico de la Educación Técnico Profesional.

1004/09: Rectificatoria de la Resolución Nº 333/09.

1006/09: Aprueba las pautas para la reasignación de docentes de los Trayectos pre-Profesional de los primeros años de la Educación Técnica.

 

DISPOSICIONES

1/06: (Conjunta entre Dirección Provincial de Enseñanza, Educación Secundaria Básica y Educación Polimodal y TTP) Retiro anticipado e ingreso tardío de alumnos.

59/06 (DESB): Régimen de equivalencias.

328/99, 37/00, 59/01, 67/01, 15/05, 49/06, 79/06: (DEP y TTP): Equivalencias de Nivel Polimodal.

259/00: Adecuación del Sistema Dual a la Educ. Polimodal.

262/97: Cobertura Coordinador Plan Dual.

20/98: Cobertura Coordinador Plan Dual.

7/07: Confección de certificados analíticos y Registro anual de calificaciones.

338/00: Nómina de Orientaciones de Tecnicaturas.

1/09 (Conjunta entre Dirección de Tribunales de Clasificación y la Dirección de

Educación Técnica): Aprueba las áreas de incumbencia para la cobertura de los Módulos de los Talleres del primer año de Educación Técnica.

79/09: Aprueba el tratamiento de Planta Orgánico Funcional y las coberturas de cargos por Art. 75 inciso 6.4, para escuela de Educación Técnico Profesional.

131/09: Aprueba las pautas de evaluación, acreditación, calificación y promoción de los alumnos del Ciclo Básico de la Educación Secundaria Técnica.

Disp. Conjunta N° 1/10 (Tribunal de Clasificación y Dirección de Ed. Técnica): Áreas de incumbencia de taller de 4° año del CS.

Disp. Conjunta N° 1/09 (Tribunal de Clasificación y Dirección de Ed. Técnica): Áreas de incumbencia de los módulos de taller de 1° año de Ciclo Básico.

 

COMUNICACIONES CONJUNTAS

7 y 9/05 (DIPE-DEPB-DEP y TTP-DESB): Estados administrativos de comisiones evaluadoras de alumnos.

2/07 (DIPREGEP-DPES): Alumnos que adeudan un área de Secundaria Básica.

1/07 (DPES-DPIG-DPGE): Cobertura del espacio Construcción de Ciudadanía (1º año).

3/07 (DPES-DPIG-DPGE): (amplía Conjunta 1/07) Cobertura módulos de Construcción de Ciudadanía.

5/91: Roles y Funciones del Personal Jerárquico de Escuelas Técnicas.

6/07: Certificados Analíticos Parciales de Secundaria.

10/07: Modificación de la Resolución 927/06.

 

Bibliografía sugerida:

GAY, Aquiles; “TEMAS PARA LA EDUCACIÓN TECNOLÓGICA” Ediciones La Obra, Red Federal de Formación Docente Continua, MCyE, Bs As. 1999 Cap. 1.

DOVAL, Luis “TECNOLOGÍA, Estrategia Didáctica” PROCIENCIA – Conicet; Proyecto Educación Tecnológica; MCy E.; Bs. As.; 1998; Partes 1 y 3.

DOVAL, Luis y GAY, Aquiles, “TECNOLOGÍA. Finalidad educativa y acercamiento didáctico”; PROCIENCIA – Conicet; Proyecto Educación Tecnológica; MCy E.; Bs. As.; 1998; Partes 1 y 2.

HANSEN-ROJAS, Gunhild, “APRENDIZAJE POR LA ACCIÓN: Un principio pedagógico para la educación técnico-profesional”, GTZ, Proyecto INET-GTZ de apoyo a la formación técnico-profesional.

LINDEMANN, Hans-Jürgen; “COMPETENCIAS FUNDAMENTALES. COMPETENCIAS TRANSVERSALES. COMPETENCIAS CLAVE. Aportes teóricos para la reforma de la formación técnico-profesional”: GTZ, Proyecto INET-GTZ de apoyo a la formación técnico-profesional.

SLADOGNA, Mónica: “LA RECENTRALIZACIÓN DEL DISEÑO CURRICULAR. EL PERFIL PROFESIONAL Y LA DEFINICIÖN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES”;

GTZ, Proyecto INET-GTZ de apoyo a la formación técnico-profesional.

SCIERHOIT, Ulrike y HAASE, Claudia “TÉCNICAS PARA EL APRENDIZAJE POR LA ACCIÓN. Manual de Evaluación.” GTZ, Proyecto INET-GTZ de apoyo a la formación técnico-profesional.

ALEMÁN, F.J.; CONTRERAS, F. y ENCINAS, P. “TECNOLOGÍA. Guía Didáctica y Metodología.”; Editorial Paraninfo, España, 1994. Cáps. 2 y 3.

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PINEAU, Pablo, “Sindicatos, estado y Educación Técnica (1936-1968)”. Centro Editor de América Latina. Año1991.

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GALLART, M. A. La escuela técnica industrial en Argentina: ¿un modelo para armar? Montevideo: CINTERFOR/OIT, 2006. 91p. (Trazos de la Formación, 30).

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TEDESCO, Juan Carlos. Educación Popular hoy. (Claves para Todos). Editorial: Capital Intelectual. 2005.

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Dirección Provincial de Planeamiento y Evaluación de la Calidad Educativa: “Evaluación de la Calidad Educativa de la Provincia de Buenos Aires, 1° y 2° serie de documentos”.

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DUSCHATZKY, Silvia; Birgin, Alejandra. “¿Donde está la escuela?: Ensayo sobre la gestión institucional en tiempos de turbulencia”, Manantial.

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Publicación de la DGCyE Pcia de Bs. As., (2005). “Adolescencia y Juventud”. Anales de la Educación común Tercer siglo, año1, número1/2. Bs. As.

Boletín Digital Nº 1. Dirección Provincial de Educación Técnico Profesional. Año 2008.