SECRETARÍA PERMANENTE DEL JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

La Plata, 27 de mayo de 2020.-

VISTO: La Resolución 535/20 de la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires, prorrogando las medidas establecidas por la Resolución N° 480/20, y

CONSIDERANDO:

Que oportunamente esta Secretaría dictó en el marco de la pandemia un acto administrativo a los fines de dotar de certeza jurídica a las actuaciones procesales y cómputos de los plazos en las causas de trámite por ante este ámbito

Que en el mismo orden de ideas se impone prorrogar la vigencia de las medidas en consonancia con la actividad de los Poderes Legislativo y Judicial que permanentemente aquí se coordinan;

Por ello y de conformidad con lo establecido en el art. 9 de la Ley 13.661.

EL SECRETARIO PERMANENTE DEL JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE

 I.- Dejar establecido, a todos los efectos legales, la suspensión de plazos en las causas que tramitan en el ámbito de esta Secretaría de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires hasta el día 07 de junio de 2020, inclusive.

II.- Hágase saber y archívese.

Ulises Alberto Gimenez, Secretario