Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS

ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Resolución N° 342/17

 

La Plata, 22 de noviembre de 2017.

 

VISTO la Ley 11.769 (T.O. Decreto Nº 1.868/04), su Decreto Reglamentario N° 2479/04, el Contrato de Concesión suscripto, lo actuado en el expediente N° 2429-1553/2017, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de acuerdo con lo establecido en la Ley 11.769 y su Decreto Reglamentario Nº 2479/04, corresponde a este Organismo de Control administrar el Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias;

 

Que a través de la Resolución MI N° 206/13, se estableció un monto fijo en la facturación destinado a la ejecución de obras de infraestructura en distribución y el mantenimiento correctivo de las instalaciones de las Concesionarias, con el fin de alentar la realización de inversiones en dicho sistema, para asegurar las metas de expansión y mejora del servicio;

 

Que, además, instruyó a este Organismo a instrumentar a través del Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias el mecanismo necesario para establecer las diferencias y mitigarlas hasta donde sea posible;

 

Que en esta inteligencia, el Organismo de Control estableció el mecanismo precitado cuyo resultado fue el desarrollo del Anexo con los montos necesarios para compensar las diferencias surgidas por las variaciones en las estructuras de mercado que abastecen los Distribuidores con Concesión Municipal;

 

Que la Resolución N° 34/15 del Ministerio de Infraestructura ajustó los montos determinados por la Resolución MI N° 206/13 y las Resoluciones SSP N° 5/14 y N° 39/14, provocando el mismo efecto por la diferencia entre la estructura de mercado y cantidad de usuarios, razón por la cual se mantiene el mismo mecanismo para compensar las diferencias;

 

Que este Organismo de Control, a través de las Resoluciones OCEBA Nº 008/98 y N° 349/01 estableció los plazos para ingresar los aportes, el contenido y los términos para suministrar la información pertinente;

 

Que corresponde el reconocimiento a las Cooperativas Eléctricas abastecidas por EDELAP del ajuste de costos de abastecimiento, según lo establecido en el Decreto PEN Nº 802/05 Cláusula 4, y de acuerdo con lo oportunamente aprobado por este Directorio (Expte. 2429-3615/2007), contra la presentación de la factura de compra de energía de cada Distribuidor;

Que en cumplimiento del convenio de Operación y Mantenimiento de la L.M.T. 33 KV Tres Arroyos-Bellocq-Claromecó firmado entre la Provincia de Buenos Aires (a través del Ministerio de Infraestructura) y la Cooperativa Eléctrica de Tres Arroyos (con alcance a las Cooperativas de Bellocq, Claromecó y la localidad de Reta), corresponde distribuir entre ellas, la cantidad de $ 280.078 correspondiente al quinto año de los costos mencionados, pagadero en doce cuotas iguales y consecutivas (Expte. Nº 2429-5749/04);

 

Que el pasado 17 de noviembre, la Secretaría de Energía Eléctrica, dependiente del Ministerio de Energía y Minería de la Nación informó a través de Audiencia Pública, los nuevos precios mayoristas del Mercado Eléctrico Mayorista que implican un significativo incremento de los mismos como consecuencia de la reducción escalonada de subsidios sobre precios de referencia de la potencia y energía, tarifa social, plan estímulo y tarifas de transporte;

 

Que, como consecuencia del significativo aumento de los costos de compra mayorista de los Distribuidores de la Provincia de Buenos Aires, se incrementará el concepto que se liquida como parte integrante del Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias, por lo cual corresponde practicar un ajuste sobre este concepto;

 

Que corresponde proceder a la distribución del Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias por la facturación emitida por los distribuidores con vencimiento en el mes de octubre de 2017 de acuerdo al detalle, consignado en el Anexo, de la presente Resolución;

 

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 62 inciso k) de la Ley 11.769 y su Decreto Reglamentario N° 2.479/04;

 

Por ello,

 

EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Aprobar el pago de la compensación por costos de abastecimiento, distribución y compensación adicional fija por dimensión de mercado y proceder a la distribución del Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias, correspondiente a la facturación emitida con vencimiento en el mes de octubre de 2017, de acuerdo al detalle previsto en el Anexo, que forma parte integrante de la presente.

 

ARTÍCULO 2º. Establecer que los Distribuidores con Concesión Provincial y con Concesión Municipal, no deberán enviar a este Organismo las DDJJ de la Resolución N° 544/04 en soporte papel, considerándose cumplida la obligación con la carga en el Sistema Informático.

 

ARTÍCULO 3º. Registrar. Publicar. Dar al Boletín Oficial y al SINBA. Girar a la Gerencia de Administración y Personal para efectivizar el pago. Cumplido, archivar.

 

NOTA: El Anexo mencionado en la presente Resolución puede ser consultado en nuestra página web en su versión PDF

 

ACTA Nº 922

 

 

Jorge Alberto Arce, Presidente; Walter Ricardo García, Vicepresidente; Martín Fabio Marinucci, Director; Omar Arnaldo Duclós, Director; José Antonio Recio, Director.

 

C.C. 14209