GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución
Número: RESOL-2017-22-E-GDEBA-CICMCTI
BUENOS AIRES, LA PLATA
Martes 24 de Octubre de 2017
Referencia: 2157-317-17. Renuncia Personal de Apoyo – Sebastián NOO BERMÚDEZ.
VISTO el expediente Nº 2157-317/17, mediante el cual se acepta la renuncia del agente Sebastián Horacio Noo Bermúdez, a partir del 11 de septiembre de 2017 en la Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires, en los términos que establece el Capítulo IV, artículos 17 apartado 2 de la Ley Nº 13.487 y su Decreto Reglamentario Nº 3939/06 y 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 1, el agente Sebastián Horacio Noo Bermúdez, presenta la renuncia, a partir del 11 de septiembre de 2017, al cargo de Técnico Asociado de la Carrera del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo Tecnológico Ley Nº 13.487;
Que a foja 2, obra fotocopia autenticada del carnet de IOMA, conforme lo establece el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96;
Que a foja 12, la Dirección de Sumarios informa que el agente no posee actuaciones sumariales pendientes de resolución;
Que la medida dispuesta, encuentra sustento legal en el Capítulo IV, artículos 17 apartado 2 de la Ley Nº 13.487 y su Decreto Reglamentario Nº 3939/06 y 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 272/17 E EL PRESIDENTE DE LA
COMISIÓN DE INVESTIGACIONES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aceptar la renuncia en la Jurisdicción 1.1.2.25, Jurisdicción Auxiliar 0, Entidad 33 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN - COMISIÓN DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del agente Sebastián Horacio Noo Bermúdez (DNI Nº 22.532.927 – Clase 1972 - Legajo Nº 360.442), a partir del 11 de septiembre de 2017, al cargo de Técnico Asociado de la Carrera del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo Tecnológico Ley Nº 13.487, de conformidad con lo establecido en el Capítulo IV, artículos 17 apartado 2 de la Ley Nº 13.487 y su Decreto Reglamentario Nº 3939/06 y 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.
ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar a la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano y a la Secretaría Legal y Técnica, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Pablo Romanazzi
Presidente
Comisión de Investigaciones Científicas
Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación
C.C. 12.659