DECRETO 944/17 E

 

 

 

 

 

LA PLATA, 27 de diciembre de 2017.

 

 

 

 

 

Referencia: Corresponde Expediente N° 2319-24461/2016.

 

 

 

 

 

VISTO el expediente N° 2319-24461/2016 y agregado mediante el cual el Instituto Provincial de Lotería y Casinos propicia el llamado a Licitación Pública tendiente a contratar la provisión y mantenimiento de Máquinas Electrónicas de Juegos de Azar Automatizadas, el Control On Line de las mismas, la remodelación, construcción y/o cesión y puesta en valor de las distintas Salas de Juego y una variedad de Servicios Complementarios y anexos a la actividad lúdica, y

 

 

 

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

 

 

 

Que por Resolución Nº 711/16 la Contaduría General de la Provincia, en su carácter de Autoridad de Aplicación, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la contratación de Bienes y Servicios, el cual es de uso obligatorio para todos los procesos de contratación, sin modificación alguna y bajo pena de nulidad;

 

 

 

 

 

Que el Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires, propicia la autorización del llamado a Licitación Pública y la aprobación del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas tendientes a la provisión y mantenimiento de Máquinas Electrónicas de Juegos de Azar Automatizadas, el Control On Line de las mismas, la remodelación, construcción y/o cesión, y puesta en valor de las distintas Salas de Juego y una variedad de Servicios Complementarios y anexos a la actividad lúdica en los Casinos de Tigre, Pinamar, Tandil, Miramar, Hermitage, Central y Monte Hermoso, por un término de veinte (20) años con opción a prórroga por un (1) año adicional;

 

 

 

 

 

Que la Dirección Provincial de Administración y Finanzas del Instituto Provincial ha elaborado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, las cuales regirán el llamado a Licitación Pública;

 

 

 

 

 

Que la fijación del lugar, día y hora para la apertura de ofertas del presente certamen será delegada en el titular de la autoridad administrativa del Instituto, conforme lo previsto en el artículo 14 apartado 2 inciso e) del Anexo I del Decreto N° 1300/16;

 

 

 

 

 

Que el llamado de referencia se encuadra en las previsiones del artículo 17 de la Ley N° 13981 y en el artículo 17 apartado 1 -Licitación Pública- y apartado 2 –de Etapa Múltiple- del Anexo I del mencionado Decreto Reglamentario;

 

 

 

 

 

Que se han expedido favorablemente la Dirección Provincial de Administración y Finanzas a fojas 180/186 vuelta y la Dirección Jurídico Legal a fojas 443/444, ambas dependientes del Instituto Provincial de Lotería y Casinos;

 

 

 

 

 

Que emitieron opinión la Dirección Provincial de Sistemas de Información y Tecnologías a fojas 458/459, la Dirección de Ingeniería del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros a fojas 460, y la Dirección Provincial de Operaciones y Tecnologías del Capital Humano del Ministerio de Economía a fojas 463/465;

 

 

 

 

 

Que el Presidente del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, presta conformidad con la presente gestión a fojas 665/666;

 

 

 

 

 

Que conforme lo previsto por el artículo 20 apartado 2) del Anexo I del Decreto Nº 1300/16, la Comisión de Preadjudicacion que intervendrá en la presente Licitación Pública, estará integrada por Sabrina Wolff, DNI 33.899.517; Laura Virginia Costancio, DNI 28.723.822, Sabrina Minin DNI 28.171.022;

 

 

 

 

 

Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno a fojas 451/453, Contaduría General de la Provincia a fojas 455/456 y Fiscalía de Estado a fojas 448/450;

 

 

 

 

 

Que la presente se dicta de conformidad con lo establecido en el Anexo II del Decreto N° 1300/16 y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

 

 

 

 

 

Por ello,

 

 

 

 

 

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

 

 

DECRETA

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 1º. Autorizar el llamado a Licitación Pública para la contratación de un servicio integral para los Casinos Oficiales Central de Mar del Plata, Casino Anexo III de Mar del Plata (Hotel Hermitage), Casino de Miramar, Casino de Monte Hermoso, Casino de Pinamar, Casino de Tigre y Casino de Tandil, por un período de veinte (20) años contados a partir de la fecha de suscripción del contrato, con posibilidad de prórroga de un (1) año adicional a opción del Instituto, con encuadre en lo establecido en los artículos 7 inciso f) y 17 de la Ley N° 13981 y en el artículo 17 apartado 1 -Licitación Pública- y apartado 2 -de Etapa Múltiple- del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 1300/16.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 2º. Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, contenidos en el documento GEDO N° PLIEG-2017-05863125-GDEBA-DJLIPLYC, que regirán el llamado a Licitación Pública y que forman parte integrante del presente Decreto, los cuales podrán ser consultados en el sitio web www.gba.gob.ar/contrataciones.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 3º. Fijar el precio del Pliego de Bases y Condiciones en la suma de pesos Quinientos mil ($ 500.000) el que podrá ser abonado a través de la boleta de pago obtenida en la Guía Única de Trámites (www.gba.gov.ar) o mediante depósito en la Cuenta Fiscal Nº 229/7 - del Banco de la Provincia de Buenos Aires, orden Tesorero General de la Provincia o Contador General de la Provincia, en concepto de “Adquisición Pliego de Bases y Condiciones -Licitación Pública - Expediente Nº 2319-24461/16 y agregado”.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 4º. Delegar en el funcionario titular de la autoridad administrativa del organismo licitante, la fijación del lugar, día y hora de apertura de ofertas.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 5°. Establecer que conforme lo normado por el artículo 20 apartado 2) del Anexo I del Decreto Nº 1300/16, la Comisión de Preadjudicación que intervendrá en la presente Licitación Pública, estará integrada por Sabrina Wolff, DNI 33.899.517; Laura Virginia Costancio, DNI 28.723.822, Sabrina Minin DNI 28.171.022.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 6º. Autorizar al Instituto Provincial de Lotería y Casinos a gestionar la publicación en el Boletín Oficial y simultáneamente en el sitio Web de la Provincia de Buenos Aires, de conformidad con lo estipulado en el Artículo 15 del Anexo I del Decreto Nº 1300/16, reglamentario de la Ley Nº 13981.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 7º. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 8º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

 

 

 

 

Federico Salvai                                                        María Eugenia Vidal

 

 

Ministro de Jefatura de                                             Gobernadora

 

 

Gabinete de Ministros

 

 

 

 

 

NOTA: El Anexo del presente Decreto puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.