DECRETO 338/11

 

La Plata, 14 de abril de 2011.

 

VISTO el expediente Nº 2145-3539/10, por el cual tramita la aprobación del Convenio entre el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible y la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, celebrado el día 3 de agosto de 2010; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el citado instrumento tiene por objeto ejecutar a través de la Dirección Provincial de Recursos Naturales del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, el proyecto “Restauración del Bosque Nativo Selva Marginal de la Reserva Natural Punta Lara”, que fuera elegido para participar en el marco del Programa Nacional Protección de los Bosques Nativos, creado por la Resolución Nº 256/09 de la Secretaría mencionada;

 

Que mediante la resolución citada, se invita a las Autoridades de Aplicación provinciales a convocar públicamente a la presentación de Planes de Manejo y Conservación de Bosques Nativos para su ulterior elección. Por otra parte, ellas mismas pueden presentar planes de acuerdo a sus necesidades y requerimientos, acordes a sus características propias;

 

Que en dicha tesitura, como Anexo A del Convenio que nos ocupa, luce el programa de

“Restauración del Bosque Nativo Selva Marginal de la Reserva Natural Punta Lara”, con su presupuesto respectivo;

 

Que el Convenio que por el presente Decreto se aprueba, se inscribe dentro de las acciones llevadas a cabo para la implementación de la Ley Nº 26331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos y su Decreto reglamentario Nº 91/09;

 

Que han tomado debida intervención la Asesoría General de Gobierno, la Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado;

 

Que atento con lo actuado corresponde dictar el acto administrativo pertinente, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

 

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Convenio celebrado entre el entre el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible y la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, de fecha  3 de agosto de 2010, con el objeto de llevar adelante el proyecto “Restauración del Bosque Nativo Selva Marginal de la Reserva Natural Punta Lara”, el cual como Anexo Único forma parte integrante del presente Decreto.

 

ARTÍCULO 2º.- Establecer que la celebración de futuros acuerdos enmarcados en el convenio mencionado, deberán ser sometidos de manera previa a consideración de los Organismos de Asesoramiento y Control.

 

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.

 

 

ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA Cumplido, archivar.

 

NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.

 

Lic. Alberto Pérez                                                    Daniel Osvaldo Scioli

Ministro de Jefatura de                                           Gobernador

Gabinete de Ministros