Fundamentos de la Ley 10821
Uno de los puntos más débiles en la propuesta de recuperación total o posible de las personas con trastornos de la esfera psíquica, es la externación de los institutos neuropsiquiátricos, cuando se encuentran en condiciones de acceder al alta médica. En algunas oportunidades, y a pesar de los beneficios que le otorga la Ley 10.315 de subsidios, los pacientes se encuentran ante la realidad de la carencia de un núcleo familiar, o si lo poseen, este se muestra reacio a permitir su acogida, por razones de orden económico, o por desinterés manifiesto, situación de observación no infrecuente. Es por ello, que el Patronato de Externados, Institución que por este Proyecto de Ley se procura crear, sería el organismo que cubriría en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, la carencia de la institución conductora y coordinadora de las acciones de salud, jurídicas y sociales tendientes a lograr la resocialización de los externados psiquiátricos.
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