FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9093
La presente ley exime del pago del impuesto de sellos y tasas retributivas de servicios administrativos, a los actos y contratos que instrumenten transmisiones de dominio y constitución de derechos reales de garantía, celebrados entre la Sociedad Mixta Siderurgia Argentina (SOMISA) y su personal, para la adquisición de viviendas construidas por la citada empresa con destino de sus dependientes.
La exención dispuesta encuentra su fundamento en la especial circunstancia de que las operaciones aludidas carecen de fines de lucro, a la vez que resultan complementarias de las que realizan otras instituciones oficiales encaminadas a la solución del problema habitacional.
Finalmente, cabe señalar que la norma sancionada resulta consecuente con disposiciones similares que eximieron de impuestos y tasas a operaciones que responden exclusivamente a un fin social.