LEY 15455

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1º.- Propíciese la presencia de excombatientes de la Guerra de Malvinas al momento de realizar la “Promesa de Lealtad a la Bandera” que cada 20 de junio formulan los alumnos y las alumnas de los diferentes niveles y modalidades del

sistema educativo de la provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil veintitrés.