LEY 15455
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1º.- Propíciese la presencia de excombatientes de la Guerra de Malvinas al momento de realizar la “Promesa de Lealtad a la Bandera” que cada 20 de junio formulan los alumnos y las alumnas de los diferentes niveles y modalidades del
sistema educativo de la provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil veintitrés.