LEY 15473
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1º.- Adhiérase la provincia de Buenos Aires a la Ley Nacional 26.754, que instituye el 24 de agosto de cada año como “Día del Lector”, en conmemoración y homenaje al natalicio del escritor argentino Jorge Luis Borges.
ARTÍCULO 2°.- Establézcase en la provincia de Buenos Aires la “Semana del Lector y la Lectora”, a llevarse a cabo en la semana del 24 de agosto de cada año.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés.