LEY  6034

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Incorpórase al Fisco de la provincia de Buenos Aires, con destino al Ministerio de Salud Pública, los bienes, créditos y acciones que componen el patrimonio de la ex Sociedad “Damas de Caridad” de la localidad y partido de Magdalena.

 

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.