LEY 6034
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Incorpórase al Fisco de la provincia de Buenos Aires, con destino al Ministerio de Salud Pública, los bienes, créditos y acciones que componen el patrimonio de la ex Sociedad “Damas de Caridad” de la localidad y partido de Magdalena.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.