LEY 5727

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA

DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase el Decreto número 7111, de fecha 31 de julio de 1953, que aprueba el convenio celebrado entre el Poder Ejecutivo de la Provincia y la Comisión Nacional de Aprendizaje y Orientación Profesional.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.