LEY 5727
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Decreto número 7111, de fecha 31 de julio de 1953, que aprueba el convenio celebrado entre el Poder Ejecutivo de la Provincia y la Comisión Nacional de Aprendizaje y Orientación Profesional.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.