DECRETO 1345/02
VISTO: El expediente n° 2422-94/00, mediante el cual tramita la aprobación de
un régimen de regularización para deudas portuarias por todo concepto, que sean
consecuencia de la prestación de servicios portuarios en general, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto 1177/01 se autorizó a celebrar Convenios de Pago para cancelar
exclusivamente, cánones adeudados por permisos de uso de predios portuarios,
devengados hasta el 30 de Junio de 2002;
Que además, resulta esencial para el buen funcionamiento de los puertos
explotados por
Que los recursos de referencia pertenecen al Fondo Provincial de Puertos,
creado por Ley 11.206;
Que de conformidad con lo dictaminado por
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Amplíase hasta el 30 de
Junio de 2002 la autorización conferida por el Artículo 1° del Decreto 1177/01,
para celebrar Convenios de Pago tendientes a cancelar cánones por permisos de
uso de predios portuarios. Dicha autorización comprende además las deudas
devengadas originadas en la prestación de servicios portuarios de cualquier
naturaleza.
ARTÍCULO 2.- Aprobar el Convenio de
Pago que como Anexo I forma parte integrante del presente, el cual se utiliza
en la instrumentación de los acuerdo a celebrarse con usuarios de servicios
portuarios que se encuentren en situación de morosidad.
ARTÍCULO 3.- El Ministerio de
Producción celebrará los Convenios de Pago a que hace mención el artículo
anterior, con los alcances dispuestos por el Decreto 1177/01 y del presente.
ARTÍCULO 4.- El presente Decreto
será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de
Producción.
ARTÍCULO 5.- Regístrese, notifíquese
al señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y
vuelva el Ministerio de Producción para su conocimiento y demás efectos.
Cumplido, archívese.