LEY 5373

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la cantidad de un millón de pesos moneda nacional (pesos 1.000.000 m/n), en la realización del Plan de Ampliaciones, Reparaciones y Habilitación de nuevos servicios en el Hospital San Vicente de Paul, de Morón.

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se pagará de Rentas Generales con imputación a la misma.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.