DECRETO 785/2022
LA PLATA, 18 de Julio de 2022
VISTO el expediente EX-2021-29450193-GDEBA-DPSYCTIPS del Instituto de Previsión Social, por el cual se gestiona la designación de la abogada Mariana Beatriz FONTANA MARINI en el cargo de Coordinadora, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 8587/76 fue creado el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, aprobándose su estructura orgánico-funcional por Decreto N° 1211/93 y modificatorios;
Que por Decreto N° 1841/12 fue creado el cargo de Coordinador/a y por Decreto Nº 662/2020 fue designada en el citado cargo Yamila ISNARDI, a quien se le limitó su designación, a partir del 30 de junio de 2021, mediante Decreto Nº 1184/2021;
Que, en consecuencia, se propicia designar en su reemplazo, en el cargo de Coordinadora, con remuneración equivalente al cargo de Directora, a partir del 1° de julio de 2021, a la abogada Mariana Beatriz FONTANA MARINI, quien reúne los recaudos de idoneidad necesarios;
Que, consecuentemente, Mariana Beatriz FONTANA MARINI reserva el cargo que ostenta en la jurisdicción, en virtud del presente nombramiento;
Que las gestiones que se promueven se efectúan de conformidad con los artículos 23, 107, 108 y 109 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96;
Que el cargo mencionado se encuentra contemplado en el Presupuesto General Ejercicio 2022 - Ley N° 15.310;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la entonces Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 1.1.3.21 – Ministerio de Trabajo – Instituto de Previsión Social, a partir del 1° de julio de 2021, a la abogada Mariana Beatriz FONTANA MARINI (DNI N° 26.536.020 – Clase 1978) en el cargo de Coordinadora, con remuneración equivalente al cargo de Directora, con dependencia del Presidente del organismo, quien reserva un cargo en la Planta Permanente, Agrupamiento Personal Profesional, Categoría 13, Abogada “C”, Código 5-0003-IX-2, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, de conformidad con lo previsto en los artículos 23, 107, 108 y 109 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96.
Serán responsabilidades de la Coordinadora:
Modernizar, simplificar, homogeneizar y agilizar los procesos y procedimientos que conlleven las diversas cuestiones previsionales del sector municipal, buscando mejorar sustancialmente los plazos, como asimismo delimitar las responsabilidades en cada una de sus etapas, siendo las principales misiones y funciones del área Jubilación Ejecutiva Municipal.
Arbitrar todo tipo de política institucional que permita articular acciones con cada uno de los municipios de la provincia de Buenos Aires, con el objeto de motivar suscripciones del Acta Acuerdo para la incorporación del sistema SIAPE como herramienta entre la Secretaría General de la Gobernación y cada uno de ellos;
Controlar y monitorear el correcto ingreso y procesamiento de datos por parte del sistema informático, los cumplimientos de plazos establecidos y todo lo atinente a la obtención correcta del beneficio jubilatorio bajo el formato de jubilación ejecutiva municipal;
Articular acciones con las diferentes áreas del organismo para homogeneizar la utilización de las herramientas de cado uno de los circuitos técnicos;
Propender a la capacitación de los/as agentes predispuestos/as en los municipios para la utilización de la herramienta SIAPE y articular políticas comunicacionales, entre otras.
ARTÍCULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de lo actuado será atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2022 - Ley N° 15.310 - Sector Publico Provincial No Financiero – Administración Provincial – Instituciones de Previsión Social – Jurisdicción 21 – Ministerio de Trabajo – Entidad 300 – UE 313 - Categoría de Programa 1 – Actividad1 – Finalidad 3 – Función 3 - Subfunción 0 – UG 999 - Fuente de Financiamiento 12 - INC 1 – PRINC 1 – Régimen Estatutario 01 – Agrupamiento Ocupacional 15 (Autoridades Superiores) Ley Nº 10.430: Un (1) cargo.
ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los/as Ministros/as Secretarios/as en los Departamentos de Trabajo y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Mara Ruiz Malec, Ministra; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador