Fundamentos de la
Ley 10346
La notoria escasez de viviendas que padece la provincia de Buenos Aires y que genera una insuficiencia de alojamientos para la población, nos obliga a crear mecanismos que posibiliten la obtención de recursos genuinos, indispensables para satisfacer los requerimientos más apremiantes en materia habitacional.
Ante una realidad difícil como la que se exterioriza con un déficit creciente y progresivo, debemos agudizar la imaginación para promover las iniciativas que, al menos, contribuyan a paliar la situación denunciada.
El Instituto de
Resulta conocida la circunstancia de que las aportaciones que recibe
dicho Instituto, provenientes del Fondo Nacional de
En el caso de los sectores de reducidos ingresos y en estado carencial
crítico, la perspectiva de ampliar los recursos disponibles mediante la puesta
en marcha, concreta y efectiva, del Fondo Provincial de
Para el tramo poblacional que cuenta con otras posibilidades de ingresos,
el Instituto de
En ambos casos, se establecen cursos de acción idóneos y razonables que podrán ser utilizados para optimizar las inversiones y generar iniciativas compartidas que posibiliten encarar, con modalidades y formas novedosas de concertación, que cuentan con amplio consenso, obras que hasta ahora no pudieron concretarse por la falta de precisiones facultativas, en el ámbito de la capacidad operativa del órgano que debe definirlas y plantearlas.
Estudiadas las secuencias procesales y definidas las reglamentaciones internas que viabilizan los modos de acción seleccionados, resulta imperativo obtener las facultades y los medios disponibles para dinamizar su quehacer que, en el marco de las atribuciones y deberes conferidos al órgano competente en materia habitacional, se traducen en la legitimación de operaciones que no pueden postergarse mas.
Convenir empréstitos
para el financiamiento de viviendas de interés social, así como acordar avales
con instituciones bancarias o financieras públicas, privadas o mixtas, e
introducir mecanismos financieros idóneos que complementen la actividad
reguladora del Estado, configuran aspectos que la actual legislación orgánica
del Instituto de
Por ello es que, con el objeto de proporcionar la facultad suficiente para materializar actos y operaciones insoslayables en esta hora, se ha propiciado la expresión legislativa cuya sanción se solicita, que cubre una necesidad funcional fundamental para la consolidación del accionar de una institución, cuya importancia huelga remarcar.